Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/07/2019
 
 

Cinco años de un reinado ejemplar; por Daniel Berzosa, Profesor de Derecho constitucional y abogado

01/07/2019
Compartir: 

El día 29 de junio de 2019 se ha publicado, en el diario ABC, un artículo de Daniel Berzosa en el cual el autor considera que en este quinquenio de reinado de Don Felipe, zarandeado por múltiples tensiones, es sin duda cierto que el Rey nos ha ofrecido a los ciudadanos una capacidad inigualable para afrontarlas con éxito.

CINCO AÑOS DE UN REINADO EJEMPLAR

La dimensión simbólica del Rey es una cuestión nunca suficientemente explicada y que debería recibir más atención en España; máxime cuando ese simbolismo integra y conforma la estructura constitucional del Estado, al establecer la Constitución que “la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria”.

En este quinquenio de reinado de Don Felipe, zarandeado por múltiples tensiones, es sin duda cierto que el Rey nos ha ofrecido a los ciudadanos una capacidad inigualable para afrontarlas con éxito. Es también sin duda cierto que ha potenciado la transparencia como uno de los principios rectores de su acción al frente de la Jefatura del Estado. Y no es menos cierta la determinación que ha demostrado en la defensa de la Constitución; verificada de forma magistral con su intervención tras el sedicente referéndum anticonstitucional del 1 de octubre de 2017.

Su Majestad el Rey se ha enfrentado a todo ello con un dominio de sí, grandeza de espíritu e imperturbabilidad, que lo ha constituido por derecho propio en una referencia de liderazgo ético, sereno y firme para los ciudadanos de una España egoístamente tensionada.

¿Y con qué poder ha hecho todo esto Don Felipe, si, de acuerdo con la Constitución, el Rey no tiene ningún poder? Las clásicas palabras de Thiers definen el poder real en la monarquía parlamentaria como el de un rey que “reina, pero no gobierna”. Pese a ello, hemos comprobado que el papel de Su Majestad ha sido, es y está siendo la clave de bóveda de la vida política de la nación estos últimos años.

Sólo situados en el ámbito de lo simbólico, se puede entender el poder de la Institución Real en la monarquía parlamentaria. La Constitución consagra con acierto la figura del Rey no sólo como Jefe del Estado, sino “como símbolo de su unidad y permanencia”. Dado que no es posible que un símbolo se equivoque, “la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”. Y, a su vez, el problema de un Rey no sujeto a responsabilidad se salva con la institución del refrendo, por la cual los sujetos que refrendan los actos del Rey asumen la responsabilidad que se pueda derivar de estos. La razón por la que se libera al Rey de responsabilidad política en su actuación estriba en que no se lesione o pierda precisamente aquella dimensión simbólica.

Por otro lado, según la Constitución, el Rey es símbolo en primera instancia de algo concreto. Se trata de la unidad y permanencia del Estado. Hobbes es quien plantea por primera vez en el “Leviatán” los problemas de cómo reducir la multiplicidad del pueblo a la unidad del poder y cómo garantizar la continuidad del poder para que efectivamente se pueda hablar de una auténtica unidad y permanencia del Estado (cuestiones a las que el pensamiento democrático aún no ha dado respuesta).

Pues bien, para explicarlo, se volvió la mirada a la monarquía como solución. No deja de ser significativo el hecho de que, tanto en las monarquías como en las repúblicas parlamentarias del presente, el Rey y el presidente, respectivamente, como Jefes del Estado, se configuren desde la misma perspectiva simbólica. Por ello, no se puede prescindir tan fácilmente del valor simbólico que encierra esta configuración de la Jefatura del Estado.

Advertimos que el poder real es un poder de naturaleza distinta al de los restantes órganos del Estado. El valor de los actos del Rey, basados en el simbolismo, descansan en su autoridad (auctoritas), pues carece de poderes efectivos algunos. Reconocido el Rey como poder máximo en el ámbito de la auctoritas, carece de atribuciones en el ejercicio concreto de cualquier potestad. Y, sin embargo, ese poder-no-efectivo del Rey, ese poder simbólico del Jefe del Estado puede funcionar de forma eficacísima frente a los poderes efectivos del Estado.

Don Felipe ha personificado ser un símbolo ejemplar en el ejercicio de sus funciones en estos cinco años frente a todo un cúmulo de dificultades, obstáculos y vilezas. Y ¿dónde el Pueblo español (ciudadanos que nos queremos libres y unidos en nuestra variedad) ha comprobado en grado supremo el valor óptimo de un Rey así configurado constitucionalmente y debe confirmar su interés en mantener la Institución Real como parte de nuestro ordenamiento y vida nacional?

Recuperemos el caso de este reinado. Échese la mirada a lo sucedido en España el 3 de octubre de 2017, tras los 5 minutos y 55 segundos del discurso de Su Majestad el Rey. Frente a los apáticos o disolventes poderes efectivos del Estado, esto es, de instancias que disponían de una posibilidad de dominio basado en el ejercicio de la fuerza y de la coacción, se contrapuso la auctoritas del poder simbólico del Rey, que, aunque incapaz de imponer órdenes, logró, como dijera Mommsen respecto del Senado romano, por su prestigio y dignidad, que “el cumplimiento de sus consejos nadie lo pudiera decentemente eludir”. Pese a los poderes efectivos del Estado, fue en el Rey donde el pueblo encontró la instancia salvadora de la unidad y de la continuidad de España como comunidad histórica y de su régimen democrático constitucional.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

En los paises democráticos el Jefe del Estado es el símbolo de su unidad y es elegido por los ciudadanos "en los que reside la soberanía de donde emanan los poderes del Estado " (art. 1.2 CE78)
Donde no hay democracia el Jefe del Esstado es sólo el símbolo de la docilidad de sus súbditos, porque ninguno de ellos es ciudadano.
La democracia se confunde con la representacion parlamentaria, lo que indica una grave confusión de conceptos.
La representacion parlamentaria es una condición necesaria de la democracia, pero no suficiente.
Y tampoco vale cualquier representacion parlamentaria, ¡Franco también la tenía!, para que haya democracia.Se necesita, además, que todos los votos valgan lo mismo. Y eso no ocurre en España donde la ley electoral es un fraude de ley escandaloso que todo elmundo, hay sinnúmero de analfabetos funcionales, se creen que eso deriva de la mal llamada "ley D'Hont" que no es tal ley sino una "cuenta de la vieja". El fraude está en la ley electoral votada por las Cortes, corruptas desde ese mismo momento.
A esta corrupcion política, para eso se hizo, le siguió la económica.

Escrito el 01/07/2019 19:04:03 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana