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Justicia recurre a lingüistas para eliminar la carga negativa del término 'imputado'

01/12/2014
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Estudia modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal para introducir la doble instancia penal, un déficit que ha sido condenado por la ONU

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Justicia está trabajando intensamente para sacar adelante una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que modifique el término del 'imputado' para eliminar su carga negativa y ha pedido el asesoramiento de lingüistas para esta tarea, según informaron a Europa Press fuentes ministeriales.

Según las fuentes consultadas, los magistrados si tienen "la más mínima duda" optan por dar a la persona el 'estatus' de imputado, en lugar del de testigo, con el fin de dotarles de mayores garantías procesales, como es la asistencia de abogado en los interrogatorios. Además, declarar en calidad de testigo implica la obligación de decir la verdad.

De esta forma, si una persona declara como testigo y salen indicios en su contra en el curso de la investigación, sería necesario pasar a considerarla imputada y se vería perjudicada por las limitaciones de su anterior 'estatus'.

En otras ocasiones, alguien podría querellarse de mala fe contra otra persona, admitirse a trámite otorgando al demandado el estatus de imputado para dotarle de sus derechos, y luego archivarse habiendo acabado con la buena reputación de la persona denunciada.

Por todo ello, Justicia mantiene el empeño de buscar una solución a la negativa concepción sociológica que rodea el término del 'imputado' durante la fase de investigación, tras la cual, si prospera, pasa a denominarse procesado y ser juzgado después. Por ejemplo, en Francia se usa la denominación de "testigo cualificado".

CONVERSACIONES TELEFÓNICAS

Las modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regularán la jurisprudencia del Tribunal Constituciones en medidas de investigación, como las conversaciones telefónicas. Además, estudian introducir la doble instancia penal, algo que ya recomendó la ONU en el año 2000.

Los organismos internacionales han criticado esta cuestión que hace que resoluciones dictadas en primera instancia por una Audiencia Provincial o el Tribunal Supremo no puedan ser revisadas. Se trata de que un tribunal superior revise los hechos y las pruebas por los que se condenó en primera instancia a una persona.

Solo queda en el caso de las primeras el recurso de casación, pero se trata de una vía extraordinaria en la que hay que cumplir determinados requisitos. El Ministerio estudia a qué instancia llevar toda esta apelación, hasta ahora inexistente, con la dificultad de no saber qué volumen de litigiosidad traerá consigo.

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Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Dice el evangelio: "cuando la sal pierde su sabor ¿quién la salará? Solo sirve para ser tirada al patio y que la pisen los caballos".
Pues claro que la palabra imputado ¡y cualquier otra con la que se le substituya! tiene una connotación negativa. Implica una presunción de culpabilidad que - sólo porque se respeta el principio de presunción de inocencia - no permite llamar ladrón al imputado por la comisión de un delito de robo, estafa u otro similar porque no es culpable hasta que así lo decida un juez en sentencia firme. Pero se le imputa ser ladrón porque no se sobresee la denuncia.
Dijo Berceo "Quiero fer una prosa en román paladino en el qual suele el pueblo fablar a su veçino.."
¿Se trata de hablar para que los veçinos lo entendamos o para "engaña a su veçino"?
Mientras los imputados eran los ciudadanos del pueblo llano nunca hubo preocupación.
ahora que los imputados son los políticos que presuntamente han robado al pueblo llano parece que no les gusta que digan que están imputados.
Cuando se declare que el imputado era realmente un ladrón o un estafador o lo que hubiera sido ¿exigirá el Ministro de Justicia que la Academia de la Lengua Española que se ponga de acuerdo con el Ministerio de Educación para que en lugar de que los jueces les declaren "ladrones" les otorguen un Titulo Universitario donde se les nombra "ingenieros financieros" o algo por el estilo?
Al pan se le llama pan y al vino se le llama vino; al presunto ladrón se le denomina imputado y cuando se verifique su culpabilidad se le llama ladrón eliminando lo de presunto porque en lugar de presunción hay certeza judicial.
¡Qué delicaditos se nos están volviendo estos ladrones y que inmensa sensibilidad demuestra el Ministro de justicia de "este" Gobierno con "estos" ladrones!
Alfonso J. Vázquez Vaamonde

Escrito el 04/12/2014 3:14:28 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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