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  • EDICIÓN DE 16/10/2014
 
 

TSJC

Condenan a Aena por advertir en una entrevista de trabajo que no quería bajas por maternidad

16/10/2014
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Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) difundida por el sindicato CSIF --aunque es del pasado mes de abril-- ha confirmado la sanción impuesta por la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) contra Aena por advertir, en una entrevista de trabajo, que no querían una empleada que se cogiera una baja por maternidad en el futuro.

MADRID/SANTA CRUZ DE TENERIFE, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

Los hechos se remontan al año 2009 en el aeropuerto Tenerife Norte, cuando una mujer, desplazada desde Valladolid, casada y con dos hijos menores, participó en el proceso de selección para un puesto de trabajo y se le advirtió de que no querían a alguien que cogiera una baja por maternidad.

Por ello, la afectada llegó a confesar que se había ligado las trompas y que no podía tener más hijos, pero finalmente, fue seleccionada para el puesto de trabajo la otra aspirante, que no tenía pareja ni hijos, destaca la sentencia.

El diputado de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) por Asturias, Gaspar Llamazares, ha acusado a Aena de estar discriminando a las mujeres. En una pregunta parlamentaria, a la que ha tenido acceso Europa Press, Llamazares se hace eco de este caso, donde la sentencia advierte de que "los entrevistadores preguntaron a la aspirante denunciante, casada y madre de dos niñas menores, por su situación personal, y le hicieron presente las dificultades que tendría para encontrar colegio para sus hijas y para que su marido consiguiera trabajo en la isla, advirtiéndole de que no querían a alguien que se cogiera una baja por maternidad", con lo que la afectada acabó "confesando que se había ligado las trompas y que no podía tener más hijos".

"DA VERGÜENZA AJENA"

"Nos da vergüenza ajena", señala Llamazares, que coincide con el fallo de la magistrada del TSJC, para quien preguntar por circunstancias familiares y personales "totalmente ajenas al trabajo a desempeñar" supone "una conducta discriminatoria" ya que la afectada "se vio obligada a revelar sus planes familiares y datos médicos pertenecientes a su más estricta intimidad, innecesarios para una gestión de personal responsable y respetuosa con la dignidad del empleado".

Algo que, a juicio de la Izquierda Plural, "vulnera flagrantemente" la Constitución, el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Empleo y la Ley para la Igualdad efectiva de hombres y mujeres, e incluso podría ser sancionable en virtud de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social.

De momento, el TSJC ha condenado a Aena a pagar 3.000 euros a la demandante, pero Llamazares quiere saber si el Gobierno es consciente de estas "presiones" del gestor aeroportuario a una posible empleada y si piensa tomar medidas para que todas las empresas públicas "respeten escrupulosamente las leyes y las políticas de igualdad".

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