BILBAO, 17 (EUROPA PRESS)
De esta forma, el alto tribunal confirma en el mismo sentido la sentencia dictada por el Tribunal Superior del País Vasco. En una nueva deliberación del recurso, el Tribunal Supremo ha considerado que la finalidad contraria al derecho de huelga vicia de nulidad todo el despido como acto unitario.
Asimismo, estima que el despido vulnera la libertad sindical porque afecta a un medio de acción sindical colectiva como es la huelga convocada por un sindicato, cuestión que es propia del proceso de despido colectivo, con independencia de los procedimientos de despido individual que pueda interponer cada trabajador.
PARLAMENTO VASCO
El Parlamento vasco pidió el pasado mes de mayo a la dirección de la empresa alavesa Laminaciones Arregui --actual Celsa Atlantic-- que respondiera "de forma proactiva" a la disposición del Comité de empresa a acordar "medidas de transición que contribuyan a la normalización y estabilidad" de las fábricas de Vitoria y Urbina (Álava).
El conflicto laboral se remonta a mayo de 2012, cuando la dirección presentó un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de extinción para sus dos plantas, dedicadas a la fabricación de tubos de acero y de fleje, y que suponía el despido de los 352 empleados.
El pleno del Parlamento vasco acordó, por unanimidad, esta proposición no de ley acordada entre PNV, EH Bildu y PSE, en la que mostraba su solidaridad con los trabajadores a quienes manifestaba su apoyo en la defensa de sus puestos de trabajo y la continuidad de la actividad en las plantas que la empresa tiene en Álava.
La Cámara instaba también a la dirección de Trabajo del Gobierno vasco a que "utilizando todos los medios a su alcance, refuerce su labor de intermediación" entre la Dirección y Comité, para que lleguen a una "solución acordada" en lo relativo al conflicto laboral.