Diario del Derecho. Edición de 29/04/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/04/2025
 
 

Honorarios de los letrados

Los Colegios de abogados no pueden realizar baremos ni recomendaciones sobre los honorarios de los letrados

21/04/2025
Compartir: 

Los honorarios que reciban los profesionales de la abogacía por prestar sus servicios deben fijarse libremente, por lo que los Colegios de Abogados tienen prohibido establecer baremos o recomendaciones al respecto. Así ha respondido la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a la consulta del Colegio de Abogados de Alzira, Valencia.

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

El Colegio de Alzira preguntó a la CNMC acerca de sus propios criterios orientativos para la tasación de costas y de jura de cuentas, ante lo que el organismo público ha apremiado a diferenciar entre criterios orientativos (permitidos) y baremos (prohibidos).

En concreto, respecto a la consulta realizada la CNMC considera que no se incluyen en los criterios orientativos del Colegio de Alzira ninguna referencia cuantitativa o numérica que pueda dar lugar al establecimiento de tablas de precios acerca de los honorarios de los abogados.

Asimismo, los elementos propuestos en estas recomendaciones, en este caso el grado de trabajo o el interés económico litigioso, para elaborar criterios sobre las remuneraciones, no deberían entenderse como resultados cuantitativos, según afirma la CNMC, por lo que permiten dictar informes de tasación de forma "objetiva, transparente y no discriminatoria".

Noticias Relacionadas

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Edstarán prohibidos los baremos y las recomendaciones a los Colegios, pero lo cierto es que los Criterios que en su dia fueron establecidos son los que toman como base los LAJs, con lo que la prohibicion a los Colegios es papel mojado.

Escrito el 22/04/2025 18:41:20 por joselopezcastilla joselopezcastilla [email protected] Responder Es ofensivo Me gusta (0)

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Suspendidos los plazos procesales en toda España para el lunes y este martes
  2. Estudios y Comentarios: Victoria del sentido común; por José Luis Requero, magistrado del Supremo
  3. Actualidad: El TC pospone la sentencia sobre la 'Ley Trans' de Irene Montero ante la división en la mayoría progresista
  4. Actualidad: Jácome recurrirá ante el Supremo para que la agresión que sufrió se reconozca como atentado contra la autoridad
  5. Tribunal Supremo: El procedimiento de responsabilidad solidaria, que es anulado judicialmente por considerar inexistentes sus presupuestos, no tiene efectos interruptivos de la prescripción para exigir el pago de la deuda al responsable subsidiario
  6. Actualidad: El TS rechaza anular las condenas de la pieza ERE de Acyco por la sentencia del TC del exconsejero Antonio Fernández
  7. Actualidad: El TC estudiará el recurso de Más Madrid contra la negativa de la Asamblea de Madrid a investigar la pandemia
  8. Estudios y Comentarios: No hay quien borre la mancha de la Operación Cataluña; por Ignacio Sánchez-Cuenca, catedrático de Ciencia Política
  9. Tribunal Supremo: Se desestima la acción de tutela sumaria de recobrar la posesión ejercitada por el arrendatario de una vivienda, tras su lanzamiento en un juicio de desahucio por falta de pago, que concluyó con la enervación de la acción
  10. Tribunal Supremo: Es de aplicación la limitación de doce meses del derecho a cobrar la retribución durante el periodo de liquidación, a los administradores concursales en que la fase de liquidación se abrió antes de la entrada en vigor de la DT 3.ª de la Ley 25/2015

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana