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Moción en la Cámara Alta

El PP pide en el Senado que el Gobierno regule en una ley la actuación de los jueces de Vigilancia Penitenciaria

06/05/2013
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Los 'populares' proponen la elaboración de una ley que delimite sus competencias y el procedimiento de actuación ante estos órganos

MADRID, 5 (EUROPA PRESS)

El PP ha propuesto al Gobierno en el Senado que regule por ley el procedimiento a seguir ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria con el fin de clarificar la intervención de jueces, abogados o internos ante estos órganos y de delimitar sus competencias respecto a los tribunales que imponen la pena de cárcel.

Se trata de una iniciativa pionera por la que se insta al Ejecutivo a aunar en un mismo texto legal las norma de actuación de estos juzgados ante los "problemas" detectados por la falta de un cuerpo procesal completo aplicable en los incidentes de ejecución de las penas privativas de libertad o en el control jurisdiccional de la Administración Penitenciaria.

Los 'populares' han registrado una moción, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que destacan dos "problemas cruciales" que experimentan los jueces de Vigilancia Penitenciaria en su trabajo diario.

De un lado, la indefinición de los "ámbitos de resolución" en los cuales sustituyen a los jueces sentenciadores en la ejecución de las penas. De otro, la necesidad de promulgar normas procesales adecuadas en este ámbito.

LISTA DE FUNCIONES "ABIERTA"

La iniciativa repasa las distintas normas que afectan a la figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria desde su creación en la Ley Orgánica General Penitenciaria de 1979. Esta norma situaba a estos magistrados como la "pieza fundamental" del sistema español de ejecución de penas privativas de libertad, como son la prisión, la localización permanente y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa.

Sin embargo, la lista de funciones encomendadas a estos Juzgados "no podía considerarse cerrada" y también tenía "carácter abierto" su atribución de resolver las peticiones o quejas de los presos que afecten a los derechos fundamentales o los beneficios penitenciarios.

"La Ley Orgánica General Penitenciaria no se estaba refiriendo a un inspector o censor en el orden gubernativo de la actuación de la Administración Penitenciaria, sino a una autoridad judicial que había de ejercer la función jurisdiccional básica de hacer ejecutar lo juzgado en relación a las penas privativas de libertad", recoge la moción.

Desde entonces, el PP remarca que las funciones de los jueces de Vigilancia Penitenciaria han coexistido con las del juez o tribunal sentenciador en lo que se refiere a la ejecución de estas penas. Y que a estas lagunas no han dado respuesta la Ley del Poder Judicial o los criterios de actuación adoptados por los propios jueces de Vigilancia Penitenciaria, que no tienen poder jurídico vinculante.

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