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Atentado en 1993

El TS rebaja a la mitad la pena a un etarra porque su colaboración en el asesinato de un sargento fue "prescindible"

27/12/2012
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El Supremo rebaja de 36 a 18 años la condena de un etarra que vigiló al sargento mayor de la Ertzaintza Joseba Goicoechea

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha rebajado a la mitad, de 36 a 18 años, la condena impuesta al etarra Jesús Martín Hernando, 'Txus', por realizar labores de vigilancia del sargento mayor de la Ertzaintza Joseba Goicoechea, que fue tiroteado y asesinado en Bilbao cuando se encontraba en su vehículo junto a su hijo menor de edad el 22 de noviembre de 1993.

La Sala de lo Penal ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Martín Hernando contra la sentencia dictada en mayo por la Audiencia Nacional por la que se le condenó a una pena de seis años de cárcel por utilización ilegítima de un vehículo a motor y a otra de 30 años de cárcel como cooperador necesario de un delito de asesinato terrorista con alevosía.

El alto tribunal mantiene ahora la pena por el delito del robo y uso del vehículo pero rebaja sustancialmente la condena por el asesinato terrorista a 12 años y un día de prisión al considerarle cómplice del mismo al ser su actuación "eficaz", pero "periférica y por tanto prescindible".

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez, argumenta que la vigilancia efectuada por el recurrente careció de "relevancia" y fue "claramente prescindible" para el asesinato que posteriormente ejecutaron tres miembros del 'comando Vizcaya' de ETA. Algunos integrantes de este comando también habían realizado previamente vigilancias al jefe de la Ertzaintza.

"Es evidente que no puede predicarse de Jesús María Martín un dominio del hecho relativo al atentado. Tal dominio solo lo tuvieron los tres miembros del comando pues de ellos, y solo de ellos, dependía su realización", determina la resolución.

Según el Supremo, la colaboración de Martín Hernando fue eficaz pero periférica y, por tanto prescindible, por más que, obviamente, "su intención de ayudar y de realizar un aporte a lo decidido y ejecutado por otros sea obvia" al compartir la intención criminal de los autores.

Los magistrados también modifican el relato de la sentencia al entender que se ha considerado probado que era colaborador del 'comando Vizcaya', pero no formaba parte del mismo en el momento de los hechos.

ETARRA ACERCADO AL PAÍS VASCO

El tribunal, que valoró las declaraciones de los etarras coimputados, declaró que Martín Carmona, Lourdes Churruca y el liberado Ángel Irazabalbeitia, que falleció en 1994 tras un enfrentamiento con la Ertzaintza, realizaron controles sobre los movimientos del mando policial gracias a las cuales pudieron preparar el atentado, que se produjo cuando circulaba en su vehículo junto a su hijo menor de edad a la altura de la calle Tívoli de la capital vizcaína.

Martín Hernando, además, participó en el robo del vehículo con el que se produjo el atentado, que fue materializado por Irazabalbeitia. Goicoecehea fue alcanzado por dos disparos que le produjeron la muerte cuatro días después del atentado.

Los etarras, por su parte, huyeron en un vehículo que abandonaron en la gasolinera de Begoña. Martín Hernando fue condenado a tres años de cárcel por el tribunal de gran instancia de París por un delito de asociación de malhechores, equivalente al de integración en organización terrorista.

La Audiencia Nacional condenó además a Martín Hernando a pagar una indemnización de 100.000 euros a la esposa del fallecido y de 100.000 euros a cada uno de los cuatro hijos del sargento asesinado.

El etarra fue detenido en 2002 en Francia y cumple una condena de 12 años de prisión por sus actividades como integrante del 'comando Vizcaya' durante la década de los noventa. El etarra fue acercado al País Vasco por sufrir un trastorno psicológico y la izquierda abertzale ha pedido su excarcelación por motivos de salud.

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