Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/10/2012
 
 

Deja en dos años la condena a Zigor Ruiz Jaso

Rebajada en 9 años la pena a uno de los integrantes de un "talde" de ETA en Sheiffield (Reino Unido)

23/10/2012
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha acogido parcialmente el recurso presentado por la defensa de Zigor Ruiz Jaso contra la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó a 11 años de cárcel y ha reducido dicha condena a 2 años, al estimar que no se le debió juzgar por pertenencia a ETA porque ya cumplió condena por ser integrante de SEGI.

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, rechaza el recurso presentado por el otro miembro del "comando", Iñigo María Albiu, que fue condenado a la misma pena.

En el caso de Ruiz Jaso, el alto tribunal estima que la integración se manifestó mediante la incorporación de éste a SEGI -una especie de juventudes de ETA- y que no hubo ruptura entre dicho instante y el momento en el que el terrorista "intensificando su compromiso", decidió formar parte de un "grupo reducido presto a la inmediata asunción de actuaciones terroristas".

Por ello, el Supremo considera que la condena aquí recurrida supone una doble sanción por el mismo hecho, lo que es contrario al principio 'non bis in idem'. Así, anula la condena de 9 años por integración y Ruiz Jaso queda tan sólo condenado a 2 años de prisión por falsedad de documento oficial.

En el caso de Albisu, el Tribunal Supremo desestima todos los motivos alegados por su defensa, por lo que sigue penado con 11 años de prision. El Ministerio Público había solicitado el mantenimiento de ambas condenas.

TALDE PREPARADOS PARA ENTRAR EN ACCIÓN

La Audiencia Nacional declaró probado que el Ruiz y Albisu integraban, al menos desde 2006, un talde "preparado e instruido" para entrar en acción cuando lo decidiera la dirección de ETA y se encontraban "en disposición de llevar a cabo actuaciones de carácter terrorista en el territorio nacional".

Ruiz Jaso, Albisu y López Monge fueron detenidos el 27 de abril de 2007 por las autoridades británicas, que se incautaron en su domicilio de publicaciones de difusión interna de ETA, soportes informáticos relacionados con la fabricación de artefactos explosivos, videos de formación de militantes y abundante documentación falsa. La mayoría del material fue localizado en las habitaciones de los dos varones.

En su resolución, los magistrados de la Audiencia Nacional tuvieron en cuenta los testimonios de los policías británicos que dieron cuenta, a través de videoconferencia, del material intervenido en el registro domiciliario; así como de los guardias civiles que concluyeron que se trataba de un talde de reserva por el volumen de documentación editada por ETA y la clandestinidad en la que vivían sus integrantes.

Además, los magistrados contaron como prueba de cargo con la declaración que prestó durante el juicio Ruiz Jaso, quien reconoció haber mantenido "algunas relaciones con la rama militar" y exculpó a Ana Isabel López Monge de ser militante de ETA.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  3. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta
  10. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana