Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/10/2012
 
 

Declaración interpretativa formulada por los representantes de los Estados Parte del Tratado Constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE)

08/10/2012
Compartir: 

Declaración interpretativa formulada por los representantes de los Estados Parte del Tratado Constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE), hecho en Bruselas el 2 de febrero de 2012 (BOE de 6 de octubre de 2012). Texto completo.

DECLARACIÓN INTERPRETATIVA FORMULADA POR LOS REPRESENTANTES DE LOS ESTADOS PARTE DEL TRATADO CONSTITUTIVO DEL MECANISMO EUROPEO DE ESTABILIDAD (MEDE), HECHO EN BRUSELAS EL 2 DE FEBRERO DE 2012.

La Presidencia Chipriota de la UE, en nombre de los Estados Parte del Tratado Constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) notificó el 27 de septiembre de 2012 al Secretario General del Consejo de la Unión Europea, en su condición de Depositario de dicho tratado, la adopción por los representantes de las partes del MEDE de la siguiente Declaración, acordada en Bruselas el 26 de septiembre de 2012:

DECLARACIÓN

Los representantes de las Partes en el Tratado constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE), firmado el 2 de febrero de 2012, reunidos en Bruselas el 26 de septiembre de 2012, convienen en la siguiente declaración interpretativa:

“El artículo 8, apartado 5, del Tratado constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad (“Tratado”) limita todas las responsabilidades de pago de los miembros del MEDE en virtud del Tratado en el sentido de que ninguna disposición del Tratado puede ser interpretada como conducente a obligaciones de pago superiores a la parte del capital autorizado correspondiente a cada miembro del MEDE, tal como se precisa en el anexo II del Tratado, sin el acuerdo previo del representante de cada miembro y respetando los procedimientos nacionales.

El artículo 32, apartado 5, el artículo 34 y el artículo 35, apartado 1, del Tratado no impiden que se facilite completa información a los Parlamentos nacionales, conforme a la normativa nacional.

Los elementos antes mencionados constituyen una base esencial para el consentimiento de los Estados contratantes en obligarse por las disposiciones del Tratado.”

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  3. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  4. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  5. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana