Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 24/07/2012
 
 

ETA

El TC desestima el recurso del etarra Ignacio Pujana contra la aplicación de la doctrina Parot

24/07/2012
Compartir: 

El alto tribunal rechaza su demanda de amparo porque no agotó la vía judicial previa al no acudir antes a casación

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Constitucional ha desestimado la demanda de amparo que presentó el etarra Ignacio Pujana Alberdi contra la aplicación en su condena de la 'doctrina Parot'. La Sala Primera ha rechazado adelantar su fecha de excarcelación porque el recurrente no agotó la vía judicial previa al no acudir a casación.

La sentencia, dada a conocer este lunes, inadmite la demanda de amparo promovida por Pujana Alberdi contra las resoluciones que acordaban fijar como fecha de su licenciamiento definitivo el 28 de junio de 2021. Después de presentar su recurso ante el alto tribunal, se adelantó la liquidación de su condena hasta el 4 de abril de 2018.

La Audiencia Nacional aplicó al etarra la 'doctrina Parot' establecida por el Tribunal Supremo en el 2006 para contabilizar los beneficios penitenciarios sobre cada una de las penas impuestas y no sobre el máximo cumplimiento de la condena.

La sentencia del Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Aragón Reyes, cuenta con el visto bueno de la Fiscalía al alegar que Pujana no agotó todos los medios de impugnación previstos por la ley antes de pedir amparo ante el TC, un requisito que constituye un "elemento esencial".

Explica que el demandante impugnó la providencia del 16 de febrero de 2009 dictada por la Audiencia Nacional en la que le aplicó la llamada doctrina Parot y añade que no hizo uso del recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Supremo.

"Tal previsión resulta aplicable a los autos que aprueban el licenciamiento definitivo en cuanto lo que en ellos resuelto incide en el límite concreto de la pena privativa de libertad que ha de cumplir el penado", determina.

Pujana Alberdi, participó entre los años 1983 y 1984 en el comando Tontorramendi de ETA, fue juzgado en la Audiencia Nacional en marzo de 1993, acusado entre otros delitos del asesinato del industrial Ramiro Salazar cometido el 23 de julio de 1983.

Entre otros hechos, el fiscal le imputó la colocación de artefactos explosivos en tres entidades bancarias de Vizcaya, y de herir a un vigilante jurado de un banco cuando pretendian cometer un atraco.

También se le implicó en un en un atentado cometido contra la Casa Cuartel de la Guardia Civil de la localidad de Durango el 31 de marzo de 1984. Pujardi cumplió condena en Francia y fue extraditado el 7 de diciembre de 1991.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana