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ETA

El TS mantiene 76 años de cárcel para un etarra que mató a un ertzaina cuando liberaba a un empresario secuestrado

19/07/2012
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Dice que el disparo mortal de uno de los secuestradores es imputable a todos y que tenían armamento para atacar a quienes liberaran al rehén

MADRID, 18 (EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 76 años y nueve meses de cárcel impuesta al etarra Luis Enrique Gárate Galarza por el secuestro en 1986 del industrial Lucio Aguinagalde y la muerte de un ertzaina que intentaba liberarle de la cueva en la que se hallaba retenido situada en la localidad de Ceánruri de Vizcaya.

La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso que interpuso Gárate Galarza contra la sentencia dictada hace un año por la Audiencia Nacional que le condenó por pertenencia a banda armada, detención ilegal, depósito de armas de guerra, tenencia de explosivos de atentado con resultado de muerte y lesiones, utilización ilegítima de vehículo a motor y falsificación de documentos.

El acusado reconoció en el juicio haber participado en el cautiverio de Lucio Aguinagalde, que permaneció retenido durante 18 días en la cueva, pero negó haber provocado los disparos que acabaron con la vida del ertzaina Genaro García Andoain cuando una patrulla de este cuerpo inspeccionaba el lugar.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, estima que existe "prueba suficiente" para dar por probado que el recurrente disparó el subfusil y además destaca que bastaría con el resultado mortal del agente para considerarle autor puesto que participó de común acuerdo con el resto de etarras en la ejecución de los hechos.

RESPONSABILIDAD CONJUNTA

Así pues, los magistrados del alto tribunal enfatizan que "cada disparo" efectuado "por cualquiera de ellos era fruto de la decisión por todos ellos compartida, y la presencia de cada uno de los secuestradores con disponibilidad del armamento era determinante para que todos ellos asumieran las acciones ejecutadas". "Dispararan o no y fueran o no los autores del concreto disparo que causa el fatal resultado", agregan.

De este modo, explican que el riego para la vida de los agentes fue creado por todos los que ejecutaron el secuestro incautándose de "abundante armamento" cuya función no puede ser otra que "la de ser utilizado contra quienes pretendieran liberar al secuestrado y detener a los secuestradores".

"La decisión de huida adoptada cuando los secuestradores fueron interpelados no solamente realiza el riesgo, sino que implica la decisión colectiva de realizar el uso de las armas por cada uno de ellos indistintamente con el objetivo común de lograr sustraerse a la acción policial", añade la sentencia.

En este contexto recoge la jurisprudencia dictada en materia de coautoría para determinar que "más que de responsabilidades individuales sumadas cabe hablar de una responsabilidad por la totalidad del hecho".

SECUENCIA DE LA LIBERACIÓN

Los hechos se remontaban a noviembre de 1986 cuando Gárate formaba parte de un comando que llevó a cabo el secuestro del industrial alavense. Para mantener retenida a su víctima, los etarras habilitaron una cueva denominada 'zubizabal', situada en el monte Eguski-Ola, cuya entrada taparon con una losa.

Una vez llevado a cabo el secuestro, mantuvieron retenido al industrial durante más de 15 días mientras negociaban el pago de un rescate. No obstante, un agente de la Policía Autónoma Vasca que paseaba por el monte, se percató de que la cueva presentaba en su entrada una losa y avisó a sus superiores.

Ante el aviso del agente, se personó en la cueva una patrulla de la Ertzaintza. Los miembros del comando que se encontraban en el interior comenzaron a disparar ráfagas con ametralladoras y pistolas, alcanzando a uno de los agentes, que murió en el acto.

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