MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional ha absuelto al abogado Joseba Agudo Mancisidor, que se enfrentaba a nueve años de cárcel como responsable directo de la gestión integral de todos los miembros huidos y refugiados de ETA, por las "lagunas" y la "falta de control" que presentaba la instrucción realizada por el nuevo presidente de la Sala de lo Penal, Fernando Grande-Marlaska.
Así consta en una sentencia de la que ha sido ponente el antecesor de Marlaska en el cargo, Javier Gómez Bermúdez, en la que se califica de "equívocas", "meras sospechas" e "impresiones subjetivas y voluntaristas" las pruebas aportadas para tratar de demostrar que el acusado era un militante de ETA que utilizaba el alias de 'Pagoa' y reportaba a la dirección de la banda sobre la situación de los "refugiados vascos".
El tribunal, del que también han formado parte los magistrados Javier Martínez Lázaro y Nicolás Poveda, considera "viciado" el análisis pericial que la Guardia Civil realizó para describir las actividades del acusado porque cinco de los 15 documentos sobre los que se elaboró fueron incorporados a la causa "sin garantías".
"El meritado informe pericial debe ser expulsado del procedimiento porque parte de los documentos sobre los que se realiza el estudio se han obtenido al margen del proceso, sin que el instructor haya suplido tal deficiencia como director de la investigación y garante de la legalidad", dice la sentencia.
"TRADUCCIÓN LIBRE" SIN EL ORIGINAL
Uno de esos documentos era una "traducción libre" de un escrito titulado 'Aupa Martxel', incautado a la abogada Arantza Zulueta, en el que se adjuntaba al alias de Pagoa el nombre entre paréntesis de "Joseba Agudo". Al no "haber rastro" en el procedimiento del original, "cuando podía y debía haberse solicitado a Francia", que lo entregó mediante una comisión rogatoria, el tribunal no puede determinar si "el nombre del procesado aparece tal cual" en el documento o si es "un añadido bajo la cobertura de lo que se afirma es una traducción libre".
"No deja de ser sorprendente que en un documento interno de una banda criminal, por naturaleza clandestina, se use un seudónimo y seguidamente se ponga el nombre de la persona que se oculta tras él, de modo que el tribunal tiene dudas más que razonables sobre si ese paréntesis es un añadido del o los traductores, de la autoridad judicial de emisión de la comisión rogatoria o de los investigadores", dicen los magistrados.
Además, otros cuatro documentos fueron incorporados al procedimiento por la Guardia Civil "por los canales habituales de colaboración policial con Francia", sin especificar su origen. "Sean cuales sean esos canales, la ausencia de control de sobre su origen y su forma de ingreso en la causa lo excluyen como prueba de cargo", señalan.
VIAJES A VENEZUELA
De igual modo, el tribunal resta valor probatorio a otro documento intervenido en el despacho de Zulueta en el que se ponían de manifiesto los viajes que 'Pagoa' habría realizado a "Saturno", que los investigadores identificaron con Venezuela.
Tras apuntar que el pasaporte del acusado no fue examinado ni se rastreó la compra de billetes de avión, la sentencia destaca que el instructor llegó a esta conclusión tras saber que Agudo Mancisidor había realizado viajes al país sudamericano, algo que reconoció al admitir su actividad como abogado defensor de "refugiados vascos" en procedimientos de extradición o repatriación.
"La identificación de 'Pagoa' con Joseba Agudo por esta vía es meramente voluntarista o, si se prefiere, válida desde el punto de vista de la hipótesis del investigador pero inane desde la perspectiva de la prueba en el proceso penal", señala la resolución judicial.
Agudo Mancisidor salió el pasado 22 de marzo de la prisión de Villena (Alicante). Durante el juicio, aseguró que no es miembro de ETA y que su labor se limitaba "a ayudar a personas en situación difícil". "Un exiliado político me dijo una vez que yo me había convertido para ellos en una especie de Cruz Roja, que llegaba y ponía una tirita aquí, echaba mercromina, ponía agua oxigenada allá", sostuvo.