MADRID, 29 Mar. (EUROPA PRESS) -
Los recursos estimados, por unanimidad de los once magistrados que componen el Tribunal, han sido los de José Ignacio Gaztañaga, que fue uno de los primeros presos a los que se aplicó la doctrina, hace seis años, Juan María Igarataundi y José María Pérez Díaz, han informado a Europa Press fuentes del alto tribunal.
Desde el pasado lunes, el Pleno venía estudiando una treintena del total de 62 recursos que han sido admitidos a trámite contra la aplicación de esta 'doctrina', instaurada por el Tribunal Supremo desde 2006, por la que el cómputo de las redenciones que se aplican a un penado se realiza sobre el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que amplía su estancia en prisión.
VOTOS DISCREPANTES EN LOS RECHAZOS
Durante las sesiones, el tribunal de garantías también habría inadmitido, igualmente por unanimidad, tramitar los recursos presentados por Isidro Garalde, Miguel Turrientes e Iztzkiar Martínez Sustatxa. En las sentencias en las que se han rechazado los recursos existen varios votos discrepantes, según han señalado fuentes del alto tribunal.
Desde el pasado lunes, el Pleno del TC venía deliberando sobre una treintena de recursos, la mayoría presentados por internos de la banda terrorista ETA, a los que se suman los de un ex policía nacional que fue condenado a 212 años de prisión por el secuestro y asesinato de un empresario gallego junto a su familia en 1994 en Nigrán (Pontevedra), así como el de uno de los miembros del clan "narco' gallego de los Charlín Gama.
En algunos de los casos recurridos existía previamente una liquidación firme de condena, y estos son los que se habrían aceptado, al presentar más problemas de constitucionalidad. Se trata de presos respecto de los cuales se fijó en firme una fecha para su salida de prisión antes de aplicarles esta doctrina.
En consonancia con los informes emitidos hasta el momento por la Fiscalía del TC, y en espera de conocerse el texto de las resoluciones, la existencia o no de auto de licenciamiento definitivo ha podido ser clave para estimar unos recursos y rechazar otros, según las mismas fuentes.
José Ignacio Gaztañaga fue condenado en 1997 a 153 años de prisión por varios delitos, entre ellos el asesinato de un policía nacional y la colocación de artefactos explosivos en un bar de Escoriaza (Guipúzcoa) y Vitoria. La 'doctrina Parot' le impidió salir de prisión en marzo de 2006, tan sólo cinco días antes de la fecha inicial para su excarcelación, que era el día 29 de ese mes. De no haber sido aceptado su recurso, debería continuar en prisión hasta marzo de 2018.
Pérez Díaz fue condenado en 1989 a 197 años de cárcel por el atentado cometido en 1986 contra los Grupos Antiterroristas Rurales de la Guardia Civil en Zarauz (Guipúzcoa). Por lo que respecta a Juan María Igarataundi, fue detenido en el año 1987 en Guipúzcoa, acusado de pertenecer al comando Udalaitz, y fue condenado como autor de varios atentados.
La intención de una mayoría de los jueces del alto tribunal era, desde un principio, afrontar este asunto con el máximo consenso posible y caso por caso, sin necesidad de establecer una resolución general sobre esta doctrina, si bien otro grupo de magistrados sí eran proclives a establecer unas pautas generales. La Audiencia Nacional ha aplicado la denominada 'doctrina Parot' a un total de 87 casos de terrorismo entre 2006 y 2011.
El Tribunal Constitucional no veía este asunto en Pleno desde la sesión del pasado 20 de julio, cuando incluyó en su orden del día un total de 16 recursos sobre la 'doctrina Parot', entre ellos el de Gaztañaga. Dicho pleno terminó sin que se llegara a conclusión alguna.
Además, en los últimos años el tribunal ha rechazado por cuestiones de forma decenas de reclamaciones, entre ellas los del propio Henri Parot -la aplicación de la doctrina a su caso fue la que le dio nombre- y la de José Antonio López Ruiz, alias 'Kubati'.