Diario del Derecho. Edición de 29/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 24/10/2011
 
 

Estatutos de la Fundación Pública Centro de Transfusión de Galicia

24/10/2011
Compartir: 

Decreto 195/2011, de 13 de octubre, por el que se modifican los estatutos de la Fundación Pública Centro de Transfusión de Galicia, aprobados por el Decreto 276/2001, de 27 de septiembre (DOG de 21 de octubre de 2011). Texto completo.

DECRETO 195/2011, DE 13 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA CENTRO DE TRANSFUSIÓN DE GALICIA, APROBADOS POR EL DECRETO 276/2001, DE 27 DE SEPTIEMBRE

En cumplimiento del mandato recogido en la disposición adicional séptima de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, el Decreto 276/2001, de 27 de septiembre, transformó las fundaciones sanitarias constituidas por la Comunidad Autónoma gallega en fundaciones de titularidad y naturaleza pública.

La disposición adicional de dicho decreto declaró aprobados los estatutos de las fundaciones públicas Hospital da Barbanza, Hospital Virxe da Xunqueira, Urgencias Sanitarias de Galicia-061, Centro de Transfusión de Galicia, Hospital Verín, Instituto Gallego de Oftalmología y Hospital Comarcal do Salnés, con el contenido que figura en su anexo, una vez adaptados al nuevo régimen jurídico establecido por la Ley 5/2000.

Dado el tiempo transcurrido desde entonces y a la vista de la publicación de determinada normativa que incide en aspectos concretos regulados en los estatutos, hace falta proceder a la adaptación de estos, tanto en lo relativo a la composición de su patronato como en las denominaciones de los cargos que lo integran.

Con esta finalidad, se modifica el artículo 10 de los estatutos, que regula la composición del patronato como órgano de gobierno superior de la fundación, que asume su control y representación, incrementando el número de representantes del Servicio Gallego de Salud nombrados por la/el presidenta/e, ampliando la cobertura del titular de la secretaría y adecuando el nombramiento de las/los asesoras/es al contenido de la orden del día a tratar.

Se adecua así dicho artículo a la nueva estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud y de los departamentos de la Xunta de Galicia, siempre con la finalidad última del mejor cumplimiento de los fines fundacionales.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Sanidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día trece de octubre de dos mil once,

DISPONGO:

Artículo único. Se modifica la redacción del artículo 10.2 y 10.3 de los estatutos de la Fundación Pública Centro de Transfusión de Galicia, recogidos en el anexo del Decreto 276/2001, de 27 de septiembre, de adaptación de las fundaciones sanitarias a la disposición adicional séptima de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, y se añade un nuevo punto 4, quedando redactado de la siguiente manera:

“Artículo 10. Composición.

2. El patronato se compondrá de los siguientes miembros:

a) Patronas o patrones natos: ocupan la plaza en virtud de su cargo y perderán su condición al cesar en aquel. Son los siguientes:

Presidenta/e: la/el conselleira/o de Sanidad o la persona que designe.

Vocales natos:

- La persona titular de la Gerencia del Servicio Gallego de Salud.

- La persona titular de la Dirección de Asistencia Sanitaria del Servicio Gallego de Salud.

- Tres representantes del Servicio Gallego de Salud nombrados por la/el presidenta/e de este.

- La persona titular de la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública de la Consellería de Sanidad.

- Un representante de la Federación Gallega de Hermandades de Donantes de Sangre.

- Un representante de la Asociación Gallega de Hematología y Hemoterapia.

b) Vicepresidenta/e: será un miembro del patronato elegido de entre ellos.

c) Secretaria/o: actuará con voz pero sin voto y será designada/o por el patronato entre el personal que preste servicios a la fundación, a la Consellería de Sanidad o al Servicio Gallego de Salud, y sea titulada/o superior.

La/el secretaria/o realizará la convocatoria de las sesiones comunes y extraordinarias por orden de la/del presidenta/e.

Asimismo, levantará acta de las sesiones del patronato y las autorizará con el visto bueno de la/del presidenta/e. Las certificaciones de acuerdos del patronato serán expedidas con estas mismas firmas.

A las reuniones del patronato asistirá la/el directora/director técnico de la fundación, con voz pero sin voto.

3. La/el conselleira/o de Sanidad podrá nombrar incluso un máximo de tres personas más, en función del contenido de la orden del día de cada sesión, que podrán asistir a las reuniones del patronato y formarán parte de este en calidad de vocales-asesores, con pleno derecho a voz y sin voto.

4. La composición y organización del patronato de la fundación se hará procurando conseguir una presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición total”.

Disposición final.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Noticias Relacionadas

  • Modificación del Mapa Sanitario
    Decreto 61/2013, de 16 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 24 de abril de 2013). Texto completo. 25/04/2013
  • Sistema de Información de Enfermedades Raras
    Orden de 19 de febrero de 2013, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se crea el Sistema de Información de Enfermedades Raras y el Registro de Enfermedades Raras de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 15 de marzo de 2013). Texto completo. 19/03/2013
  • Modificación del calendario de vacunaciones
    Decreto 24/2013, de 5 de marzo, por el que se modifica el Decreto 161/2006, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el calendario íntegro de vacunaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 12 de marzo de 2013). Texto completo. 13/03/2013
  • Actuaciones Urgentes de Gestión y Eficiencia en Prestación Farmacéutica y Ortoprotésica
    Decreto Ley 2/2013, de 1 de marzo, del Consell, de Actuaciones Urgentes de Gestión y Eficiencia en Prestación Farmacéutica y Ortoprotésica (DOCV de 5 de marzo de 2013). Texto completo. 06/03/2013
  • Derecho de acceso a la asistencia sanitaria gratuita
    Ley Foral 8/2013, de 25 de febrero, por la que se reconoce a las personas residentes en Navarra el derecho de acceso a la asistencia sanitaria gratuita del sistema público sanitario de Navarra (BON de 4 de marzo de 2013). Texto completo. 05/03/2013
  • Lista de medicamentos que quedan excluidos de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud
    Resolución de 18 de febrero de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se procede a la actualización de la lista de medicamentos que quedan excluidos de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud y se establece visado para los medicamentos que han sido excluidos de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud pero permanecen financiados excepcionalmente para las indicaciones establecidas en función del grupo terapéutico al que pertenecen (BOE de 26 de febrero de 2013). Texto completo. 26/02/2013
  • Normas para el ejercicio de un control financiero continuo y seguimiento del gasto sanitario en los centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud
    Decreto 14/2013, de 21 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se dictan normas para el ejercicio de un control financiero continuo y seguimiento del gasto sanitario en los centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud (BOCAM de 25 de febrero de 2013). Texto completo. 26/02/2013
  • Sistema sanitario integral de utilización pública
    Orden SLT/28/2013, de 12 de febrero, por la que se actualiza el anexo del Decreto 196/2010, de 14 de diciembre, del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT) (DOGC de 22 de febrero de 2013). Texto completo. 25/02/2013
  • Consejo para la Innovación en Materia Sanitaria
    Decreto 22/2013, de 24 de enero, por el que se crea el Consejo para la Innovación en Materia Sanitaria y se establece su composición, organización y funcionamiento (DOG de 15 de febrero de 2013). Texto completo. 18/02/2013
  • Servicio de Neurología del Complejo Hospitalario de Navarra
    Orden Foral 13/2013, de 5 de febrero, de la Consejera de Salud, por la que se crea el Servicio de Neurología del Complejo Hospitalario de Navarra (BON de 15 de febrero de 2013). Texto completo. 18/02/2013

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana