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Operaciones intracomunitarias

Modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias

03/10/2011
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Orden Foral 146/2011, de 8 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 93/2010, de 18 de junio, por la que se aprueba el modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (BON de 30 de septiembre de 2011). Texto completo.

ORDEN FORAL 146/2011, DE 8 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 93/2010, DE 18 DE JUNIO, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 349 DE DECLARACIÓN RECAPITULATIVA DE OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

La Orden Foral 93/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación, del Consejero de Economía y Hacienda, aprobó el modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, a presentar por vía telemática, a través de Internet.

La Ley 39/2010, de 22 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, da nueva redacción del número 12 del artículo 27 Vínculo a legislación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del régimen común, con la finalidad de transponer al ordenamiento interno las disposiciones de la Directiva 2009/69/CE del Consejo, de 25 de junio de 2009, por la que se modifica la Directiva 2006/112 Vínculo a legislación /CE relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido en lo que respecta a la evasión fiscal vinculada a la importación.

A través de la presente Orden Foral, se introducen modificaciones de carácter eminentemente técnico en el Anexo II, correspondiente a los diseños de los registros, de la mencionada Orden Foral 93/2010 Vínculo a legislación, por la que se aprueba el modelo 349. Dichos cambios se efectúan con el objetivo de realizar la necesaria adaptación del modelo 349 a la nueva redacción del número 12 del artículo 27 Vínculo a legislación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La modificación consiste en introducir dos nuevas claves "M" y "H" que permitan identificar las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el número 12 del artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, efectuadas bien por un importador identificado a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, tenga o no la condición de representante fiscal, o por un representante fiscal en nombre y por cuenta de un importador no identificado a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido en el territorio de aplicación del Impuesto.

El artículo 70.2 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo Vínculo a legislación, autoriza al Consejero de Economía y Hacienda a aprobar el modelo de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 93/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

La Orden Foral 93/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 349 de Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, queda modificada en los siguientes términos:

Uno: Se introducen dos nuevas claves "M" y "H" en el campo "CLAVE DE OPERACIÓN" (posición 133) del registro de tipo 2 (Registro de operador intracomunitario) de los diseños físicos y lógicos del modelo 349, aprobados en el anexo II de la Orden Foral, con el siguiente contenido:

(Tabla Omitida)

Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12.º Vínculo a legislación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

H

Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12.º Vínculo a legislación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, efectuadas por el representante fiscal según lo previsto en el artículo 86.Tres de la citada Ley."

Dos: Se da nueva redacción a la clave de operación "E" (posición 133) del registro de tipo 2 (Registro de operador intracomunitario) de los diseños físicos y lógicos del modelo 349, aprobados en el anexo II de la Orden Foral 93/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación, con el siguiente contenido:

(Tabla Omitida)

Entregas intracomunitarias exentas, excepto las entregas en otros Estados miembros subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas en el marco de operaciones triangulares que se consignará "T", y las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, que se consignarán con las claves "M" o "H" según corresponda"

Tres: Se introducen dos nuevas claves "M" y "H" en el campo "CLAVE DE OPERACIÓN" (posición 133) del registro de tipo 2 (Registro de rectificaciones) de los diseños físicos y lógicos del modelo 349, aprobados en el anexo II de la Orden Foral 93/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación, con el siguiente contenido:

(Tabla Omitida)

Rectificaciones de las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12.º Vínculo a legislación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

H

Rectificaciones de las entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12.º Vínculo a legislación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, efectuadas por el representante fiscal según lo previsto en el artículo 86.Tres de la citada Ley."

Cuatro: Se da nueva redacción a la clave de operación "E" (posición 133) del registro de tipo 2 (Registro de rectificaciones) de los diseños físicos y lógicos del modelo 349, aprobados en el anexo II de la Orden Foral 93/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación, con el siguiente contenido:

(Tabla Omitida)

Rectificaciones de las entregas intracomunitarias exentas, excepto las que deban consignarse, según corresponda, con las claves "T", "M" o "H"."

Cinco: Las referencias realizadas a las claves de operación "E", "A", "T", "S" ó "I" en el texto de los diseños físicos y lógicos del tipo de registro 1 (Registro del declarante), del tipo de registro 2 (Registro de operador intracomunitario), así como del tipo de registro 2 (Registro de rectificaciones), aprobados en el anexo II de la Orden Foral 93/2010, de 18 de junio Vínculo a legislación, se entenderán realizadas a las claves de operación "E", "M", "H", "A", "T", "S" ó "I".

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor para las declaraciones correspondientes a períodos iniciados a partir del 1 de julio de 2011.

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