Diario del Derecho. Edición de 02/12/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/12/2025
 
 

TS

El TS absuelve a dos condenados por estafa en la venta de unos apartamentos en Can Picafort (Mallorca)

02/12/2025
Compartir: 

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a dos condenados por la estafa en la venta fraudulenta en los apartamentos Espigol Beach de Can Picafort (Mallorca).

PALMA, 1 (EUROPA PRESS)

El Alto Tribunal ha estimado así el recurso de casación de la defensa y ha anulado la condena a cuatro años de prisión que en septiembre de 2022 les impuso la Audiencia Provincial. Al inicio del juicio, tres de los acusados reconocieron los hechos y pactaron acuerdos con las acusaciones.

En la sentencia, consultada por Europa Press, el TS considera que no existe rastro probatorio que permita atribuirles participación en el engaño que sufrieron los compradores, ni contacto alguno entre ellos y los perjudicados, que en el juicio declararon, además, haber tratado únicamente con otros acusados.

La Sala reprocha a la Audiencia Provincial haber construido su relato "de espaldas a la prueba documental" y basarse "casi exclusivamente" en la declaración de los coimputados que habían alcanzado acuerdos de conformidad con el Ministerio Fiscal, lo que exige, según el Supremo, una "prudencia reforzada" en su valoración.

Además, señala que la operación esencial que se presentó como prueba incriminatoria, la venta de las acciones de la sociedad Espigol Beach, realizada por los recurrentes en noviembre de 2004, no permite deducir un plan concertado para cometer posteriormente la estafa, máxime cuando las ventas fraudulentas se articularon después de que la sociedad quedase bajo control de otro acusado.

Cabe recordar que estaban acusados de vender entre 2004 y 2005 dependencias de un antiguo apartahotel como viviendas residenciales y de ocultar que los apartamentos estaban destinados a explotación turística, con lo cual las viviendas quedaban fuera de la ordenación urbanística y, en consecuencia, carecían de cédula de habitabilidad para gestionar los diferentes suministros de agua y luz. Todo esto hacía que los compradores no pudiesen habitar, alquilar o vender estos apartamentos.

Los recurrentes, además de la pena de prisión, fueron condenados a satisfacer indemnizaciones que sumaban 1,2 millones de euros.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: El beneficiario de una pensión de jubilación anticipada por razón de la actividad tiene derecho a percibir el complemento de maternidad por aportación demográfica
  2. Estudios y Comentarios: Este modelo de educación sexual no funciona; por Carme Guil, magistrada de la Audiencia de Barcelona y presidenta de la sección española del Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación (Gemme)
  3. Actualidad: El TS avala un desahucio por impago del IBI y la tasa de basuras aunque su cuantía no estaba en el contrato de alquiler
  4. Actualidad: El TS respalda a un padre que denunció a su mujer por grabar una llamada con sus hijos menores de edad
  5. Estudios y Comentarios: La libertad de circulación y residencia no puede implicar sustraerse a las legítimas leyes del país; por José Luis Martínez López-Muñiz, Catedrático de Derecho Administrativo y profesor emérito de la Universidad de Valladolid
  6. Tribunal Supremo: No procede la declaración de utilidad pública de los terrenos que están arrendados para la instalación de una Planta eléctrica fotovoltaica, si no se procede a la resolución del contrato de arrendamiento
  7. Estudios y Comentarios: Política y violencia verbal; por Aniceto Masferrer, catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de Valencia
  8. Actualidad: La Audiencia Nacional absuelve al presunto yihadista de Algeciras pero ordena que entre en un centro psiquiátrico
  9. Legislación: Diversificación curricular en la Educación Secundaria Obligatoria
  10. Actualidad: El TC descarta amparar a Junqueras ante la decisión del TS de suspender la aplicación de la amnistía a la desobediencia

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana