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  • EDICIÓN DE 20/06/2011
 
 

Concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en el Gabinete Técnico del Consejo

20/06/2011
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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Área N-29 de Informática Judicial en el Gabinete Técnico del Consejo.

Vacante en la Relación de Puestos de Trabajo del personal al servicio del Consejo General del Poder Judicial un puesto de Jefe/a de Área N-29 de Informática Judicial, dotado presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente para atender las necesidades del Gabinete Técnico, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 146 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio; 133 y concordantes del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, aprobado por Acuerdo de 22 de abril de 1986 (“Boletín Oficial del Estado” número 107, de 5 de mayo), y 34 del Reglamento de la Escuela Judicial, aprobado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial de fecha 7 de junio de 1995, ha acordado convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos de trabajo que se describen en el anexo I.

El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera.-Podrán tomar parte en el mismo los Jueces/zas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.-Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el Anexo II de este Acuerdo al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo y a la que podrán acompañar relación de los méritos y circunstancias que en ellos/as concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro General del propio Consejo (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.-Con la solicitud se acompañará un currículum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, relacionados con la especificaciones requeridas en el Anexo I.

Cuarta.-Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.-A la vista de las instancias y documentación presentada por los/as concursantes, el Consejo apreciando conjuntamente los méritos alegados, resolverá el concurso. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo, podrá declarar el concurso desierto.

Sexta.-El/La concursante al o a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarados/as en situación de servicios especiales en su administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y estará sometido/a al Reglamento n.º 1/1986, de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (“BOE” número 107, de 5 de mayo de 1986).

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.-Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

ANEXO I

Denominación del puesto: Jefe de Área de Informática Judicial.

Órgano Técnico: Gabinete Técnico.

Número de puestos convocados: 1.

Localización: Madrid.

Nivel de Destino: 29.

Complemento específico: 44.083,90 euros anuales.

Adscripción: Jueces/zas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Especificaciones:

Gestión de proyectos: Conocimiento de metodologías de gestión de proyectos y desarrollo de sistemas, con experiencia en dirección de equipos de trabajo y despliegue de proyectos informáticos.

Herramientas Informáticas: Conocimiento de diferentes herramientas y productos relacionados con sistemas operativos, bases de datos, entornos de desarrollo y redes de comunicaciones.

Sistemas de gestión procesal: Conocimiento de alguno de los sistemas de gestión procesal al servicio de la Administración de Justicia Española.

Seguridad y protección de datos: Conocimientos relacionados con la protección de datos de carácter personal y experiencia en la aplicación de medidas derivadas del Reglamento de Seguridad de la LOPD.

Administración electrónica: Experiencia en la aplicación de medios técnicos, electrónicos y telemáticos en la Administración Pública, en particular los relacionados con la firma electrónica y la prestación de servicios al ciudadano a través de Internet.

Organización Judicial: Conocimiento de la organización y funcionamiento de la Administración de Justicia, en particular lo relacionado con la Tramitación judicial informatizada y la aplicación de nuevas tecnologías.

Tratamiento de la información: conocimiento de técnicas de recopilación y tratamiento de datos con finalidad estadística.

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