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Área de Seguridad Ciudadana del Cuerpo de la Policía Foral

11/04/2011
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Orden Foral 309/2011, de 30 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se modifica la Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, por la que se desarrolla el Área de Seguridad Ciudadana del Cuerpo de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos (BON de 8 de abril de 2011). Texto completo.

ORDEN FORAL 309/2011, DE 30 DE MARZO, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 69/2009, DE 16 DE FEBRERO, POR LA QUE SE DESARROLLA EL ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL CUERPO DE LA POLICÍA FORAL, A NIVEL DE BRIGADAS Y GRUPOS.

Por Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se desarrolló la estructura del Área de Seguridad Ciudadana de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos.

Por Orden Foral 285/2010, de 26 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior se modificó la Orden Foral mencionada anteriormente, en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo de Gobierno de 21 de septiembre de 2009, por el que se ordenaba la reducción del número de unidades orgánicas existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Desde Policía Foral se eleva informe fundamentado en necesidades sobrevenidas de seguridad pública que avalan una nueva distribución de los Grupos que configuran la División de Prevención y Atención Ciudadana, del Área de Seguridad Ciudadana.

El artículo 12 del Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio dispone que corresponde al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior la creación, modificación o supresión de las Comisarías, Oficinas de Atención Policial, Brigadas y Grupos, a propuesta del Director General de Interior.

Por todo ello, en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente en la materia,

ORDENO:

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Área de Seguridad Ciudadana del Cuerpo de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos.

Se modifica el artículo 4 de la Orden Foral 69/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, que pasa a tener el siguiente tenor literal:

"Artículo 4. Grupos.

1. La División de Prevención y Atención Ciudadana se estructura en los siguientes Grupos:

a) Grupo Operativo 1.

b) Grupo Operativo 2.

c) Grupo Operativo 3.

2. La División de Prevención y Atención Ciudadana tiene carácter central."

Disposición Derogatoria Única.-Derogaciones.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Foral.

Disposición Final Única.-Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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