La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado el recurso presentado por los médicos contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que rechazó la pretensión de ser indemnizados.
El Tribunal recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid consideró justificada la investigación llevada a cabo por la administración sanitaria respecto a las sedaciones que se realizaron en el servicio de urgencias del hospital.
Asimismo rechaza que la denegación de determinadas pruebas que solicitaron los médicos recurrentes vulnerara su derecho de defensa y señala que, aunque la trascendencia mediática fue sin duda relevante, no se ha argumentado qué hubiera cambiado en el resultado final si se hubiera admitido la práctica de la "extensa prueba documental" que pidieron.
Finalmente, sostiene que no se lesiona el derecho de defensa por denegarse pruebas que sean superfluas, inútiles, impertinentes o innecesarias y recuerda que el proceso trataba de determinar si la actuación de la administración iniciando las actuaciones que los médicos consideran que lesionaron su honor "respondía a los parámetros de normalidad que se esperan de su actuación cuando se denuncian unos hechos acaecidos en el seno de la sanidad pública".