El Supremo aplica la atenuante "muy cualificada" de dilaciones indebidas. Ha reducido de 7 a 3 años la prisión impuesta ZI y CMM por el delito de integración en organización terrorista, mientras que RM y AGE han visto reducida su condena por colaborar con ETA desde los 6 años a los 2 años y medio de prisión. Además, MG, ha sido absuelto por " ausencia de pruebas bastantes de su responsabilidad criminal".
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Manuel Maza, estima que los hechos enjuiciados ocurrieron entre el año 1995 y 2002, mientras que la sentencia que los enjuicia es de 5 de abril de 2010, es decir, casi ocho años después.
El Supremo aprecia en esta causa "lapsos de tiempo considerables de absoluta e incomprensible inactividad procesal". Todas esta dilaciones "culminan con tres meses de retraso en el dictado de la sentencia una vez concluido el juicio oral" y además se produjeron "hallándose los acusados en situación de prisión preventiva, lo que, indudablemente, agrava su significación".