La Sala de lo Social establece en su auto la inadmisión del recurso de casación de la administración catalana, con lo que convierte en firme la sentencia del TSJC, sin posibilidad de nuevos recursos.
El fallo estimaba el recurso que presentó el padre de un niño discapacitado contra el Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales y el Departamento de Acción Social de la Generalitat por denegarle los atrasos derivados de la fecha de entrada en vigor de la Ley de Dependencia.