En la Sentencia, la Sala de lo Penal de la Audiencia condena igualmente a un colaborador, Iñigo Gutiérrez, a ocho años de cárcel por colaboración con banda armada.
El Tribunal sentencia a los condenados a indemnizar con 500.000 euros a la mujer y al hijo del fallecido, así como a compensar a los 27 agentes y familiares residentes en el cuartel que resultaron heridos, con diversas cantidades que oscilan entre 1.600 y 100.000 euros.
Los condenados han sido considerados autores (Goikoetxea autor material y Cotano necesario) de un delito de asesinato terrorista, de 14 de litos de intento de asesinato terrorista, de 12 de asesinato intentado en diferente grado, de uno de estragos, otro de daños y dos delitos de uso ilegítimo de vehículo.
Según los hechos probados, la furgoneta estalló no dando tiempo a esquivar o al menos pretender reducir sus efectos, dado que no hubo llamada de aviso, debido a que la explosión se produjo a los dos minutos de ser aparcada a las puertas del edificio, persiguiendo con ello el mayor número de daños personales y patrimoniales.