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Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones

25/11/2010
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Acuerdo GOV/215/2010, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones (DOGC de 24 de noviembre de 2010). Texto completo.

ACUERDO GOV/215/2010, DE 16 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN INTEGRAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL Y ADICCIONES.

Mediante el Acuerdo de 26 de agosto de 2003 el Gobierno creó el Plan integral para las personas con problemas de salud mental que implicaba a los diferentes departamentos de la Generalidad afectados, a fin de que en el marco de sus competencias se pudieran llevar a cabo medidas dirigidas a la detección precoz, el tratamiento, la rehabilitación, la reinserción social y laboral, el apoyo social y educativo y el apoyo a las familias. Asimismo, este Acuerdo constituyó una Comisión Interdepartamental que tenía como funciones, entre otras, elaborar el Plan de atención integral para la atención a las personas con problemas de salud mental, que contemplara las políticas prioritarias a desarrollar en los próximos 10 años, y un Comité técnico, para que definiera las actuaciones y elaborara una propuesta de plan operativo de implantación donde se concretaran las acciones y proyectos a desarrollar, la programación y la propuesta de recursos para llevarlas a cabo.

Posteriormente, el Decreto 30/2006, de 28 de febrero, por el que se crea el Plan director de salud mental y adicciones y su Consejo Asesor, creó el Plan director de salud mental y adicciones, como instrumento de información, estudio y propuesta, mediante el cual el Departamento de Salud determina las líneas directrices para impulsar, planificar, coordinar y evaluar las actuaciones a desarrollar en el ámbito de la promoción de la salud mental, la prevención y el tratamiento de las enfermedades asociadas con la salud mental y las adicciones, y mejorar la calidad de vida de los afectados.

En el marco de sus funciones el Plan director de salud mental y adicciones contempla el desarrollo de medidas orientadas a fomentar, desde el ámbito de la salud, la atención integral a las personas con problemas de salud mental y coordinar el desarrollo de estas medidas, así como definir actuaciones de alcance intersectorial.

El Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones se constituye como un instrumento que debe facilitar el desarrollo de las líneas de actuación futuras del Gobierno de la Generalidad para mejorar la salud mental de aquellos colectivos que requieren de un esfuerzo complementario intersectorial e interdepartamental.

La misión del Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones es contribuir a la mejora de la salud mental de la población y a la disminución de las desigualdades sociales de las personas con trastorno mental y adicciones, identificando sus necesidades integrales, mejorando su atención, incrementando sus oportunidades de integración y posibilitando la acción interdepartamental planificada de los servicios sanitarios, sociales educativos, de integración laboral y de justicia.

El Plan integral debe tener presente acciones en el ámbito de la prevención, detección precoz, tratamiento, rehabilitación y reinserción social y laboral, así como en el de apoyo social y educativo y a las familias, consiguiendo potenciar la cooperación interdepartamental e intersectorial y desarrollar políticas que garanticen la colaboración y el compromiso de las diferentes entidades implicadas para dar respuestas integrales.

El Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones se fundamenta en las siguientes líneas estratégicas:

Promoción de la salud mental e impulso de las acciones necesarias para el desarrollo del Programa Lucha contra el Estigma.

Promoción de la integración de las intervenciones de los servicios de salud, social y educativos de la pequeña infancia, de la población en edad escolar y de la adolescencia con especial riesgo o vulnerabilidad.

Promoción de la participación ciudadana y social de las personas afectadas y promoción de sus derechos en los entornos asistenciales.

Promoción y mejora de los programas de apoyo a las familias de las personas con trastorno mental.

Promoción de las acciones necesarias para la consecución activa de la inclusión comunitaria de las personas adultas con trastorno mental grave y adicciones.

Promoción de las acciones necesarias para la inserción laboral de las personas adultas con trastorno mental grave.

Mejora de la atención psiquiátrica y de salud mental en el ámbito judicial, para las personas en situación de privación penal de libertad y medidas de seguridad.

Mejora y promoción de la atención integral de las personas mayores en su entorno habitual y residencial sustitutorio de la vivienda.

Liderazgo y gestión del cambio. Planificación y organización del Plan integral, incluyendo las necesidades de formación de los profesionales, la investigación y el plan de comunicación.

Planificación operativa e impulso de las acciones necesarias para la consecución de la integración en la gestión territorial de los recursos asistenciales: sociales, sanitarios y educativos, elaborando un único mapa y realizando el acceso integrado y territorializado.

Estos principios hacen necesaria la intervención en ámbitos, ejes y objetivos estratégicos que corresponden a varios departamentos de la Generalidad de Cataluña, por lo que hará falta la evaluación anual de las actuaciones que se lleven a cabo con la finalidad de conseguir la máxima eficacia y eficiencia.

Visto lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Por todo lo expuesto, a propuesta de la consejera de Salud, el Gobierno

Acuerda:

-1 Aprobar el Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones, con las actuaciones que se prevén, que se adjunta al anexo de este Acuerdo.

Las actuaciones de este Plan no suponen inicialmente un incremento de dotación presupuestaria sino una optimización de los recursos disponibles de los departamentos afectados. Si de su desarrollo se derivase alguna nueva acción, esta quedará sometida a la disponibilidad presupuestaria.

-2 Encomendar la coordinación de la ejecución de las actuaciones incluidas en el Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones a la Dirección General de Planificación y Evaluación del Departamento de Salud, mediante el director o directora del Plan director de salud mental y adicciones.

-3 Con la finalidad de apoyar y aportar una perspectiva transversal a los órganos regulados en el Decreto 30/2006, de 28 de febrero, por el que se crea el Plan director de salud mental y adicciones y su Consejo Asesor, en las funciones de impulsar, evaluar y hacer el seguimiento de la ejecución e implantación del Plan integral de atención a las personas con trastorno mental y adicciones, se crea una Comisión Interdepartamental con la siguiente composición:

La persona titular de la Secretaría del Departamento de Salud, que es el presidente o presidenta.

La persona titular de la Dirección General de Planificación y Evaluación del Departamento de Salud, que es el vicepresidente o vicepresidenta.

Una persona en representación de cada uno del siguientes departamentos: Presidencia, Interior, Relaciones Institucionales y Ciudadanía, Gobernación y Administraciones Públicas, Justicia, Educación, Salud, Trabajo, Acción Social y Ciudadanía, y Medio Ambiente y Vivienda, designados por la persona titular de los respectivos departamentos.

Esta Comisión Interdepartamental está adscrita a la Dirección General de Planificación y Evaluación del Departamento de Salud, la cual le presta el apoyo administrativo y de gestión necesario.

La duración de la Comisión se entenderá hasta la completa ejecución del Plan.

El funcionamiento interno de la Comisión debe ajustarse a las disposiciones generales reguladoras de los órganos colegiados de la Administración de la Generalidad.

-4 Publicar este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, excepto su anexo, que se puede consultar en la dirección de internet www.gencat.cat/salutinternet.

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