ACUERDO GOV/156/2010, DE 3 DE AGOSTO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE SERVICIOS SOCIALES 2010-2013.
La Ley 12/2007 , de 11 de octubre, de servicios sociales, define el Plan Estratégico de Servicios Sociales como un instrumento para ordenar el conjunto de medidas, recursos y acciones necesarios para alcanzar los objetivos de la política de servicios sociales de acuerdo con lo establecido por la ley.
El artículo 37 de la mencionada ley establece que corresponde al departamento competente en materia de servicios sociales la elaboración del Plan estratégico y su aprobación por parte del Gobierno. Asimismo dispone que el Gobierno, antes de aprobar el Plan Estratégico de Servicios Sociales, debe enviarlo al Parlamento y debe solicitarle que se pronuncie sobre el mismo.
El Plan Estratégico de Servicios Sociales 2010-2013 da las pautas para avanzar en la consolidación del sistema público universal y de calidad de los servicios sociales partiendo del contexto socio-económico actual. En la elaboración del Plan se ha tenido en cuenta la finalidad que tienen los servicios sociales establecida en el artículo 3 de la ley, que es la de asegurar el derecho de las personas a vivir dignamente durante todas las etapas de su vida mediante la cobertura de sus necesidades personales básicas y de las necesidades sociales, en el marco de la justicia social y del bienestar de las personas.
El Plan Estratégico de Servicios Sociales 2010-2013, se estructura en torno a cinco ejes estratégicos y cada eje se desarrolla mediante líneas de actuación. Los ejes son: Eje 1 El derecho de las personas a los servicios sociales. Eje 2 La oferta de prestaciones de calidad. Eje 3 La vertebración del sistema y el trabajo en red. Eje 4 Las personas que trabajan en el sistema: motor y punto de referencia. Eje 5 Planificación y evaluación basadas en el conocimiento.
Este Plan debe desarrollarse mediante planes sectoriales que deben elaborarse teniendo en cuenta las diferentes situaciones de necesidad de atención social, de acuerdo con lo que dispone el artículo 38 de la ley.
En su elaboración ha habido un proceso de participación y se ha informado por el Comité de Evaluación de Necesidades de Servicios Sociales y por el Consejo General de Servicios Sociales en la sesión de 6 de mayo de 2010, de acuerdo con lo previsto en los artículos 37 , 40 y 50 de la Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales, así como en el Decreto 202/2009 , de 22 de diciembre, de los órganos de participación y de coordinación del Sistema de Servicios Sociales.
Por Resolución 747/VIII, el Parlamento de Cataluña, mediante la Comisión de Bienestar e Inmigración, en la sesión de 6 de julio de 2010, se pronuncia favorablemente a la aprobación del proyecto de Plan Estratégico de Servicios Sociales.
Por todo ello, a propuesta de la consejera de Acción Social y Ciudadanía, el Gobierno
Acuerda:
-1 Aprobar el Plan Estratégico de Servicios Sociales 2010-2011, que se adjunta como anexo.
-2 Disponer la publicación de este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, excepto el anexo, que puede consultarse en la dirección de Internet www.gencat.cat/dasc.
Anexo
Omitido.