ORDEN FORAL 377/2010, DE 10 DE AGOSTO, DE LA CONSEJERA DE DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 72/2010, DE 18 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERA DE DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LAS MEDIDAS DE "MODERNIZACIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS" Y "PRIMERA INSTALACIÓN DE JÓVENES AGRICULTORES" DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE NAVARRA 2007-2013.
Por Orden Foral 83/2007, de 27 de marzo , del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, se establecieron las normas reguladoras de las ayudas a las medidas de "Modernización de explotaciones agrarias" y a la "Primera instalación de jóvenes agricultores" en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013. Esta Orden Foral fue elaborada de acuerdo con la normativa comunitaria de aplicación, los criterios básicos recogidos en el proyecto de Marco Nacional de Desarrollo Rural y el proyecto Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013.
Las recomendaciones específicas efectuadas por las autoridades europeas a las medidas de Modernización de explotaciones agrarias y de Instalación de jóvenes agricultores, así como por la adaptación a las nuevas necesidades surgidas del actual marco técnico-económico, hicieron necesario realizar modificaciones en la citada normativa.
La Orden Foral 75/2009, de 26 de febrero , de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por las que se establecen las normas reguladoras de las ayudas a las medidas de "Modernización de explotaciones agrarias" y a la "Primera instalación de jóvenes agricultores" en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013 derogó la Orden Foral 83/2007, de 27 de marzo e introdujo modificaciones sustanciales en la normativa anterior.
La Orden Foral 72/2010, de 18 de febrero , de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, de 18 de febrero, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas a las Medidas de "Modernización de explotaciones agrarias" y "Primera instalación de jóvenes agricultores" del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013, ha derogado la Orden Foral 75/2009, de 26 de febrero y ha pasado a ser el nuevo marco regulador de las ayudas, recopilando y consolidando modificaciones anteriores y, a su vez, introduciendo las que se han estimado pertinentes para el nuevo ejercicio 2010.
En el contexto socioeconómico actual y especialmente en relación con la evolución de la iniciativa inversora, la tendencia de los mercados actuales y el objetivo de mejorar la viabilidad y rentabilidad de las explotaciones agrarias, así como de garantizar el cierre de ciclos que aseguren la trazabilidad y el control de todo el proceso productivo, conviene introducir nuevas modificaciones ampliando el alcance de las inversiones subvencionables las instalaciones para la producción de aves en fase de incubación y ello dentro del marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013.
En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, ordeno:
Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 72/2010, de 18 de febrero .
Se modifica la Orden Foral 72/2010, de 18 de febrero , de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas a las Medidas de "Modernización de explotaciones agrarias" y "Primera instalación de jóvenes agricultores" del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2007-2013, en los siguientes términos:
1. El artículo 7, 2 f) pasa a tener la siguiente redacción:
f) Las inversiones orientadas a la producción de huevos y carne de aves en régimen intensivo no dependiente del suelo.
Se exceptúan de esta exclusión:
-Las inversiones encaminadas a la mejora, en las instalaciones preexistentes, de las condiciones higiénico-sanitarias, medioambientales, del bienestar de los animales o de la salud laboral, en cuyo caso, no deberán suponer incremento de las capacidades de producción.
-Las inversiones destinadas a incubadoras orientadas a la producción de pollos destinados a carne o a puesta de huevos.
-Las inversiones realizadas en el sector de aves palmípedas para la producción de "foie-gras", en cualquiera de las fases de producción, desde la cría hasta el cebo y finalización.
-Las inversiones destinadas a otros aprovechamientos avícolas con fines ajenos a la producción de carne o huevos.
2. El artículo 18. 5. e) pasa a tener la siguiente redacción:
e) Las inversiones orientadas a la producción de huevos y carne de aves en régimen intensivo no dependiente del suelo.
Se exceptúan de esta exclusión:
-Las inversiones encaminadas a la mejora, en las instalaciones preexistentes, de las condiciones higiénico-sanitarias, medioambientales, del bienestar de los animales o de la salud laboral, en cuyo caso, no deberán suponer incremento de las capacidades de producción.
-Las inversiones destinadas a incubadoras orientadas a la producción de pollos destinados a carne o a puesta de huevos.
-Las inversiones realizadas en el sector de aves palmípedas para la producción de "foie-gras", en cualquiera de las fases de producción, desde la cría hasta el cebo y finalización.
-Las inversiones destinadas a otros aprovechamientos avícolas con fines ajenos a la producción de carne o huevos.
3. En el Anexo II, se corrige el punto 5 del concepto "Limitaciones superficie en construcciones (por cabeza) (m²)", que pasa a tener la siguiente redacción:
"5. Ovino y caprino de carne/cabeza. Incluido recría, etc."
Disposición final única.-Entrada en vigor.
La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra