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Ayudas a la promoción en mercados de terceros países

20/08/2010
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Resolución n.º 898/2010, de 13 de agosto, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se aprueba la ampliación de la cuantía máxima para las ayudas a la Promoción en Mercados de Terceros Países del programa de apoyo al Sector Vitivinícola Español en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la convocatoria de 2011 (BOR de 19 de agosto de 2010). Texto completo.

RESOLUCIÓN N.º 898/2010, DE 13 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL POR LA QUE SE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DE LA CUANTÍA MÁXIMA PARA LAS AYUDAS A LA PROMOCIÓN EN MERCADOS DE TERCEROS PAÍSES DEL PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR VITIVINÍCOLA ESPAÑOL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA PARA LA CONVOCATORIA DE 2011

La Resolución n.º 203/2010, de 3 de marzo de 2010, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se aprueba la convocatoria pública para el año 2011 de las ayudas a la promoción en mercados de terceros países del programa de apoyo al sector vitivinícola español en la Comunidad Autónoma de La Rioja recoge en su apartado tercero que las cuantías de gasto aprobadas podrán verse incrementadas siempre y cuando haya crédito disponible, tal y como establece el artículo 23.bis.2 Vínculo a legislación del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y el artículo 58.2 Vínculo a legislación del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Vínculo a legislación, con arreglo a los fondos procedentes del FEAGA que al tal fin se asignen a la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Para su cumplimiento, a propuesta de la Dirección General de Calidad, Investigación y Desarrollo Rural, previos los trámites preceptivos y conforme a las funciones asignadas en el artículo 5.2.4 del Decreto 52/2009, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja Vínculo a legislación, resuelvo:

Primero.- Por la presente Resolución se amplia la cuantía máxima para las ayudas a la promoción en mercados de terceros países del programa de apoyo al sector vitivinícola español en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la convocatoria de 2011, de acuerdo con la Resolución n.º 203/2010, de 3 de marzo de 2010, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se aprueba la convocatoria pública para el año 2011 de las ayudas a la promoción en mercados de terceros países del programa de apoyo al sector vitivinícola español en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Segundo.- Se aprueba el gasto para la ampliación de la cuantía por importe total de 4.370.471,00 euros. Estas cantidades se imputarán con cargo a las partidas presupuestarias recogidas en el cuadro adjunto correspondiente a ejercicio 2011:

Aplicación presupuestaria 05.03.01.7121.420.02 05.03.01.7121.475.07 Total

Convocatoria 2011 2.579.498,50 euros 1.790.972,50 euros 4.370.471,00 euros

Total 2.579.498,50 euros 1.790.972,50 euros 4.370.471,00 euros

La disponibilidad presupuestaria, con cargo al ejercicio 2011, para la convocatoria aprobada por Resolución n.º 203/2010, de 3 de marzo de 2010, es la siguiente:

Aplicación presupuestaria 05.03.01.7121.420.02 05.03.01.7121.475.07 Total

Total Convocatoria 2011 2.579.508,50 euros 1.790.982,50 euros 4.370.491,00 euros

Tercero.- Se autoriza la expedición de la documentación contable necesaria.

Cuarto.- La presente Resolución de ampliación de la cuantía máxima para las ayudas a la promoción en mercados de terceros países del programa de apoyo al sector vitivinícola español en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la convocatoria de 2011 produce efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Vínculo a legislación, o, en su caso, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa Vínculo a legislación

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