Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/08/2010
 
 

El Tribunal Supremo reconoce como víctima del 11-M a una mujer por las secuelas psicológicas

05/08/2010
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha reconocido como víctima del atentado del 11 de marzo de 2004 a una mujer que viajaba en uno de los trenes afectados, y que sufrió estrés postraumático. Recibirá así una indemnización de 45.581 euros del Estado.

La Audiencia Nacional había rechazado previamente la indemnización que solicitaba a la vista de los informes forenses, que concluían que la mujer hizo “intentos de aparecer como enferma”, o al menos “exageró los síntomas”. La impresión clínica reconoce que padeció “estrés postraumático real”, aunque lo exageró “en función de una biografía repleta de frustraciones y carencias afectivas”.

La sentencia sobre el atentado de la Audiencia Nacional la incluyó en el grupo 3 de lesionados al haber estado impedida durante 60 días, y el Fondo de Ayuda de Víctimas del 11-M le concedió 2.500 euros de ayuda. Además, el Juzgado de lo Social número 8 de Madrid la declaró en situación de incapacidad permanente total. A la vista de esas decisiones anteriores, el Tribunal Supremo ordena ahora que sea indemnizada por el Estado.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana