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  • EDICIÓN DE 09/07/2009
 
 

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de Negociados

09/07/2009
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Orden Foral 203/2009, de 22 de mayo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden Foral 184/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla la estructura del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de Negociados (BON de 8 de julio de 2009). Texto completo.

ORDEN FORAL 203/2009, DE 22 DE MAYO, DE LA CONSEJERA DE ASUNTOS SOCIALES, FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 184/2008, DE 29 DE ABRIL, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS SOCIALES, FAMILIA, JUVENTUD Y DEPORTE, A NIVEL DE NEGOCIADOS.

Mediante Orden Foral 184/2008 Vínculo a legislación, de 29 de abril, se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de Negociados.

La experiencia acumulada a lo largo de un año de funcionamiento de dicha estructura ha puesto de manifiesto la necesidad de proceder a la supresión de alguna de estas unidades y la creación de otras nuevas, dentro de la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo, todo ello con el objetivo de mejorar los distintos procesos de organización del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

En consecuencia, y en uso de las facultades que me han sido conferidas por la Ley Foral 15/2004 Vínculo a legislación, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto Foral 125/2007 Vínculo a legislación, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

Artículo Primero.-Se modifica el apartado d) del artículo 2 Vínculo a legislación de la Orden Foral 184/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de Negociados, que queda con la siguiente redacción:

"d) Dependiendo del Servicio de Planificación e Infraestructuras:

-Negociado de Coordinación de Planes Generales.

-Negociado de Producción y Difusión de Documentos de Planificación de Servicios Sociales."

Artículo Segundo.-Se adiciona un apartado f) al artículo 2 Vínculo a legislación de la Orden Foral 184/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de Negociados, con la siguiente redacción:

"f) Dependiendo de la Sección de Información:

-Negociado de Coordinación y Difusión de la Información."

Artículo Tercero.-Se modifica el apartado b) del artículo 3 Vínculo a legislación b) de la Orden Foral 184/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de Negociados, que queda con la siguiente redacción:

"b) Dependiendo de la Subdirección de Promoción de la Autonomía Personal y Prevención de la Dependencia:

-Negociado de coordinación con Entidades."

Artículo Cuarto.-Se modifica el apartado e) del artículo 3 Vínculo a legislación de la Orden Foral 184/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de Negociados, que queda con la siguiente redacción:

"e) Dependiendo del Centro San José:

-Negociado de Coordinación de Cuidadores."

Artículo Quinto.-Se añade a la Orden Foral 184/2008 Vínculo a legislación, de 29 de abril, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a nivel de Negociados un artículo 18 bis, con la siguiente redacción:

"Artículo 18 bis. El Negociado de Coordinación y Difusión de la Información queda adscrito a la Sección de Información y ejercerá las siguientes funciones:

a) Coordinación y seguimiento de la atención al público a través de los diferentes canales disponibles en la actualidad y los que puedan surgir en el futuro.

b) Atención de la demanda externa de información de profesionales, entidades de carácter social etc.

c) Apoyo al resto de unidades de la Dirección General de Asuntos Sociales para la elaboración de planes, ponencias, difusión a medios de comunicación, etc.

d) Elaboración y distribución de Estadísticas, Cuadro de mando, Memorias, Folletos Informativos.

e) Gestión y mantenimiento de contenidos en Internet.

f) Cualquier otra función similar o complementaria de las descritas, que se le encomiende por parte de la Sección de Información."

Disposición Derogatoria Única

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden Foral.

Disposición Final Única

Entrada en vigor

Esta Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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