El fallo también condena al acusado a satisfacer a un total de 23 perjudicados la cantidad de 2,5 millones de euros. Del pago de estas indemnizaciones responderán subsidiariamente varias entidades financieras.
En la sentencia, se pone de relieve que el acusado, director de sucursal del Banco de Fomento desde 1981, fue contratado por Caja España en mayo de 1994 como responsable del departamento de Instituciones Religiosas, al que ya pertenecía en la anterior entidad.
Con la intención de conseguir fondos de forma fácil y rápida, consiguió que entidades y personas de edad avanzada y de profundas convicciones religiosas le hicieran entrega de diversas cantidades de dinero con la finalidad de destinarlas a inversiones tales como Pagarés del Tesoro y Pagarés del mercado secundario y otras análogas.
Las cantidades fueron entregadas en efectivo y mediante talones por estas personas que creían estar efectuando una operación lícita y regular con el Banco de Fomento y Caja España y de las que el acusado se fue apoderando sin destinarlas a la finalidad para las que habían sido depositadas en su poder.
El condenado utilizaba impresos con el membrete o sello de bancos y confeccionó documentos con datos ficticios en los que aparentaba que había invertido los fondos de la manera acordada.
El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación del acusado, y confirma en su integridad el fallo de la Audiencia de Madrid condenado al autor a cuatro años de cárcel por un delito continuado de estafa y absolviéndole de otro de falsedad en documento mercantil.