La Ley de la Función Pública dispone que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante Decreto 208/2000, de 10 de octubre, se aprobaron las vigentes relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario, de personal laboral de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología, teniendo como primordial objetivo proceder a la integración de personal traspasado, no docente, mediante la creación de los nuevos puestos de trabajo que dieran cobertura a dicho personal.
No obstante al haberse realizado cambios en el ámbito educativo que han derivado en la apertura de nuevos centros y en la ampliación de otros, es necesario disponer de los efectivos de personal no docente adecuados para que los servicios se puedan prestar en condiciones óptimas.
En consecuencia, el Decreto 150/2002 modifica las relaciones de puestos de trabajo creando un importante número de puestos en varias categorías profesionales y especialidades para su adscripción a los nuevos centros educativos y a los ampliados.
Asimismo, el Decreto 150/2002 modifica las características de algunos puestos de trabajo con el fin de adecuarlos a las necesidades actuales de los servicios.
El Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.