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Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife

Condenada a más de seis años de cárcel la directora de un centro de mayores en Tenerife por abandono y estafa

22/05/2025
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La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a seis años y un mes de prisión a la directora de un centro de mayores de Güímar por siete delitos de abandono de usuarios dependientes y otro de estafa agravada.

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 21 (EUROPA PRESS)

La sentencia, de conformidad entre las partes y hecha pública este miércoles, incluye el abono de una multa de 600 euros y una indemnización por el importe de una estafa de 13.730 euros dado que retiraba dinero de la cuenta bancaria de una de las residentes sin su consentimiento durante algo más de un año y cada vez que se ingresaba la pensión.

La Audiencia considera como hechos probados que la mujer, aunque no era la titular de la empresa --era su hija--, sí se encargaba de la gestión diaria del centro hasta que en 2017, en sendas investigaciones de la Inspección de Trabajo y el propio Gobierno de Canarias se pusieron de manifiesto varios incumplimientos como los relativos a accesibilidad, ausencia de estancias preceptivas, salubridad y equipamiento.

Asimismo se constató que no se cumplía con las ratios de personal --insuficiente y sin la cualificación necesaria-- hasta que se abrió procedimiento sancionador por infracción administrativa "muy grave" que culminó en el cierre del centro el 17 de mayo de 2017.

Además, desde un año antes ya estaba abierta un investigación criminal por parte de la Fiscalía Provincial.

Para eludir controles, supervisiones e inspecciones administrativas, sociales y sanitarias, se decidió reabrir el centro en marzo, en otra ubicación como un centro privado extrahotelero de terapias alternativas tipo zen pero que, en el fondo, seguía funcionando como "geriátrico encubierto".

La directora intentó acreditar, sin éxito y a través del centro de salud de Güímar, que los usuarios del complejo no eran dependientes, algo que logró posteriomente en Arafo pero cuyos dictámenes posteriormente fueron revocados.

Los usuarios fueron trasladados el 14 de mayo de 2017 a una vivienda ubicada en Arafo, propiedad de la condenada, pero tras una inspección del Ministerio Fiscal, la Inspección de Trabajo y el Servicio de Inspección y Registro de Centros de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Viviendas del Gobierno de Canarias, el Ayuntamiento declaró la no viabilidad del centro de terapias zen al no tener licencia de geriátrico.

Por ello, los mayores fueron trasladados nuevamente al centro de Güímar que había sido clausurado donde siguió operando como "geriátrico encubierto" bajo la modalidad de alojamiento turístico de alquiler de habitaciones.

Para conseguir su propósito, la mujer concertó con un hombre que tuviera la titularidad formal de la explotación del negocio figurando como arrendatario del inmueble, si bien ella seguía dirigiendo las instalaciones "a sabiendas de que no contaba con el conocimiento, autorización y control de las entidades administrativas competentes, obstaculizando y entorpeciendo así deliberadamente su actividad", recoge la sentencia.

La Audiencia señala que los usuarios no recibían la debida atención, control y supervisión sanitaria y se incumplían las condiciones mínimas de seguridad, "con evidentes deficiencias de personal y medios materiales, comprometiendo con ello gravemente la seguridad de los residentes, en su mayor parte personas ancianas, especialmente desvalidas, vulnerables y necesitadas de continua atención y cuidados, creando de forma consciente y deliberada una situación de desamparo y riesgo grave y prolongada".

Incluso, apunta que no se realizaron visitas o controles médicos o de enfermería a los usuarios a pesar de que en su mayoría lo precisaban.

SOLO UN TRABAJADOR

El hombre era el único trabajador responsable y se encargaba "en exclusiva" de atender a los seis usuarios internos en el centro las 24 horas del día, asumiendo las labores de cocina y alimentación, controlar su estado de salud, efectuar las curas necesarias y suministrarles su medicación, así como de mantener el inmueble en las mínimas condiciones higiénicas, "todo ello sin contrato de trabajo" y en condiciones que por su "precariedad" imposibilitaban un adecuado cumplimiento de tales funciones.

Como ejemplo de las malas condiciones del centro, la Audiencia relata que el 25 de septiembre de 2017 falleció un hombre de 81 años, enfermo de parkinson y alzheimer, por una posible infección secundaria a úlceras de presión.

A raíz de otro registro a finales de octubre se constató que el inmueble carecía de agua caliente y algunas estancias no tenían luz eléctrica, incumpliendo además la normativa preceptiva en materia de condiciones mínimas de seguridad y salubridad para este tipo de centros, persistiendo la mayor parte de las deficiencias en materia de funcionalidad, accesibilidad, salubridad y seguridad que se habían puesto de manifiesto por las autoridades administrativas desde 2016.

La Audiencia concluye que en el centro "de forma consciente y deliberada" se generó una "situación de desamparo y riesgo grave y prolongada".

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