Diario del Derecho. Edición de 13/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 20/02/2025
 
 

Audiencia Provincial de Baleares

Absuelven al acusado de incendiar su casa en Palma con su mujer y su hijo dentro en 2023

20/02/2025
Compartir: 

La Audiencia Provincial ha absuelto al hombre acusado de incendiar su casa en Palma con su mujer y su hijo dentro tras una discusión en diciembre de 2023 y ha ordenado su inmediata puesta en libertad, ya que estaba en prisión desde el momento de los hechos.

PALMA, 19 (EUROPA PRESS)

El juicio quedó la pasada semana visto para sentencia. Fiscalía reclamaba una condena de 13 años de prisión por un delito de incendio, aunque rebajando las indemnizaciones iniciales y reclamando el pago de algo más de 4.000 euros a la propietaria del piso incendiado por varios meses de renta que dejó de percibir, y unos 5.000 euros a la comunidad de vecinos por los daños en las zonas comunes.

El Tribunal, sin embargo, no ha considerado acreditado que el hombre tratara de prender fuego a la vivienda después de haber mantenido una discusión con su pareja.

La Sala considera que sólo se ha podido contar con el testimonio directo del acusado ya que su pareja se acogió en la vista a su derecho a no declarar. En relación al incendio, aunque el hombre reconoció su responsabilidad en el origen del fuego al prender una manta con un cigarro, este extremo "no permite determinar el carácter doloso de la conducta".

La sentencia recuerda que durante el juicio el acusado dijo que actuó bajo los efectos del alcohol y que el fuego fue apagado por su pareja y que él se fue al baño a vomitar. El Tribunal añade, además, que no ha declarado ningún testigo que haya explicado que la mujer abandonara el domicilio porque el acusado había prendido fuego al interior o que hubiera intentado reactivar el fuego inicialmente sofocado.

Sucede lo mismo con los posibles malos tratos y el enfrentamiento que habría dado lugar al incendio. La Sala considera que sólo se ha podido contar igualmente con el testimonio directo.

"Sólo existen testigos indirectos, los agentes de policía que se entrevistaron el día del incendio con la pareja del acusado", dice la sentencia, añadiendo pues que son "puramente referenciales", en relación a la posibilidad de que antes del incendio la zarandeara.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana