Diario del Derecho. Edición de 23/01/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/12/2024
 
 

TSJMU

El TSJMU confirma la prisión permanente revisable para 'El Margarito' por asesinar a una mujer en Lorca (Murcia)

09/12/2024
Compartir: 

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha desestimado el recurso presentado contra la sentencia de sección 2 de la Audiencia Provincial de Murcia que condenó a prisión permanente revisable a P.A.G.T., conocido como 'El Margarito', después de que el jurado popular lo declarara culpable de asesinato por acabar con la vida de una mujer, después de agredirla sexualmente, aprovechando su estado de embriaguez y a pesar de su resistencia, el 7 de octubre de 2021 en el municipio de Lorca.

MURCIA, 5 (EUROPA PRESS)

El Tribunal no admite ninguno de los motivos alegados contra la sentencia por el recurrente. En concreto, desestima la queja de vulneración del derecho a la presunción de inocencia y carecer de base razonable la condena impuesta ya que los miembros del jurado se pronunciaron sobre todas las pruebas practicadas y las respuestas al objeto del veredicto fueron "totales, coherentes, claras, sin contradicciones y argumentadas", según informaron fuentes del TSJMU en un comunicado.

Además, los magistrados recuerdan que "el jurado, en una muy detallada respuesta en este punto al objeto del veredicto, no encontró ningún medio de prueba que acreditara que al momento de la comisión de los hechos el acusado estuviera bajo los efectos de drogas toxicas o estupefacientes" y por tanto, no admiten la queja por falta de aplicación de la atenuante de drogadicción.

Según la sentencia confirmada, el acusado deberá indemnizar con 456.965 euros a los familiares de la fallecida.

En la resolución recurrida, de acuerdo al veredicto de culpabilidad del jurado, el magistrado impuso, por el delito de asesinato (cometido con alevosía y para evitar que se descubriera la violación anterior), la prisión permanente revisable y la medida de seguridad de libertad vigilada, postpenitenciaria, por un tiempo superior en diez años al periodo de cumplimiento efectivo de dicha pena.

Además de la pena de 12 años de prisión y, tras ella, diez años de libertad vigilada, como autor de un delito de agresión sexual violenta, con la agravante de discriminación por razones de género. Por último, se impuso la prohibición de aproximación y comunicación con los hijos de la fallecida.

APALEADA Y GOLPEADA BRUTALMENTE

Los miembros del jurado, de forma unánime, consideraron probado que el acusado, asegurándose de estar a solas con la víctima, "aprovechando el gran estado de embriaguez", y siendo "plenamente consciente de la voluntad contraria" por su oposición y resistencia, la agredió sexualmente.

E, inmediatamente después, "guiado por el propósito de matar", agarró con ambas manos el cuello de la mujer, "estrangulándola durante el tiempo necesario para acabar con la vida, por asfixia mecánica". Acto que, según el veredicto estuvo guiado, además, por el propósito de que no se descubriera la violación cometida, por denuncia de la víctima y obró "por un ánimo específico discriminatorio de género".

La sentencia no es firme, contra ella cabe recurso de casación al Tribunal Supremo.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana