Diario del Derecho. Edición de 14/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/11/2023
 
 

TSJCV

El TSJCV confirma 6 años de prisión para un hombre por violar a una mujer con la que convivía en una chabola de Castellón

21/11/2023
Compartir: 

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena de seis años de prisión impuesta a un hombre por violar a una mujer con la que convivía de manera ocasional en una chabola ubicada cerca de las estaciones de tren y de autobuses de Castelló de la Plana.

CASTELLÓ, 20 (EUROPA PRESS)-

La Sección Primera de la Audiencia de Castellón declaró probado tras el juicio que el acusado agredió sexualmente a la víctima el 19 de marzo de 2022, cuando ella pretendía coger sus cosas y marcharse de la chabola en la que ambos vivían de forma ocasional, según ha informado el TSJCV en un comunicado.

Aunque la mujer intentó escapar tras la violación, el agresor logró darle alcance e introducirla de nuevo en la vivienda, donde la agarró del cabello y la lanzó contra una mesa que tenía un saliente contra el que se golpeó.

La víctima logró finalmente huir de la chabola y pedir ayuda al personal de seguridad de la estación, quienes la auxiliaron hasta la llegada de agentes de la Policía Nacional.

El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón dictó el pasado 7 de julio una sentencia por la que condenaba al procesado como autor de un delito de agresión sexual a seis años de prisión, ocho años de prohibición de aproximación y comunicación respecto a la víctima y seis años de libertad vigilada.

Igualmente, los magistrados le impusieron el pago de una multa de 540 euros por un delito leve de lesiones y la obligación de indemnizar a la perjudicada con 4.000 euros por los daños morales.

El TSJCV ha desestimado ahora el recurso de apelación del penado contra la sentencia de la Audiencia, al entender que ésta detalla "una pluralidad de elementos probatorios de cargo de diversa índole y significación" y no incurre en modo alguno en "arbitrariedad, manifiesta irrazonabilidad o en error patente de hecho".

La sentencia de apelación emitida por el Alto Tribunal valenciano puede ser recurrida a su vez en casación ante el Tribunal Supremo.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana