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I Plan Estratégico para la erradicación de asentamientos informales y la inclusión social de personas residentes en zonas agrícolas de Andalucía conformados por población migrante

01/08/2023
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Acuerdo de 25 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del I Plan Estratégico para la erradicación de asentamientos informales y la inclusión social de personas residentes en zonas agrícolas de Andalucía conformados por población migrante (EASEN) (BOJA de 31 de julio de 2023). Texto completo.

ACUERDO DE 25 DE JULIO DE 2023, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA FORMULACIÓN DEL I PLAN ESTRATÉGICO PARA LA ERRADICACIÓN DE ASENTAMIENTOS INFORMALES Y LA INCLUSIÓN SOCIAL DE PERSONAS RESIDENTES EN ZONAS AGRÍCOLAS DE ANDALUCÍA CONFORMADOS POR POBLACIÓN MIGRANTE (EASEN).

La Constitución Española atribuye en su artículo 149.1 al Estado la competencia exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.

La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece, en su artículo 2 ter. Integración de los Inmigrantes, que las Administraciones Públicas incorporarán el objetivo de la integración entre personas inmigrantes y sociedad receptora, con carácter trasversal a todas las políticas y servicios públicos, promoviendo la participación económica, social, cultural y política de las personas inmigrantes en los términos previstos en la Constitución, en los Estatutos de Autonomía y en las demás leyes, en condiciones de igualdad de trato.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce expresamente la relevancia del hecho migratorio estableciendo, como principio rector de las políticas públicas, la integración laboral, económica, social y cultural de las personas inmigrantes en Andalucía y contempla como destinatarias de las políticas públicas y titulares de derechos y deberes, a todas las personas con vecindad administrativa en Andalucía. De igual forma establece, entre sus principios rectores, el fomento de la convivencia social, cultural y religiosa y el respeto a la diversidad cultural.

Así, entre las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 62 del Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge las políticas de integración y participación social, económica y cultural de las personas inmigrantes.

La competencia respecto a la coordinación de las políticas públicas en el ámbito del fenómeno migratorio en Andalucía, tanto entre las diferentes Consejerías como con otras administraciones públicas y la sociedad civil, está atribuida a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y en concreto a la Dirección General de Políticas Migratorias, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

Las Entidades Locales también son actores imprescindibles en materias claves como la vivienda, los servicios o las prestaciones sociales en el desarrollo de sus competencias, tanto las propias de la legislación de régimen local, como en especial la Ley de Autonomía Local de Andalucía. Así, el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece como competencias propias del municipio, entre otras, el urbanismo, el medio ambiente urbano, la evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, la Policía Local, protección civil, prevención y extinción de incendios y la protección de la salubridad pública.

Todas las actuaciones que se prevén desarrollar en el marco de este Plan Estratégico para la erradicación de asentamientos informales y la inclusión social de personas residentes en zona agrícolas de Andalucía conformados por población migrante, se desarrollarán sobre el territorio, por tanto, con la imprescindible implicación de la Administración Local, como queda de manifiesto.

La compleja naturaleza de la integración hace necesaria la implementación de mecanismos de coordinación y cooperación de los gobiernos locales, el gobierno autonómico andaluz y el Estado en aquellas actuaciones que se centran en zonas de mayor concentración de población inmigrante y la existencia de núcleos chabolistas e infraviviendas ligados a esta población.

En Andalucía, la existencia de asentamientos informales e infraviviendas asociadas, donde residen personas de origen migrante es una situación de al menos los últimos 25 años, que impacta especialmente en las dos provincias geográficamente extremas de Andalucía: Almería y Huelva, aunque no son las únicas que tienen esta realidad.

Los asentamientos informales son núcleos de personas ubicados en espacios no planificados para ser una vivienda, ya que no cumplen criterios de habitabilidad, adecuación, accesibilidad y estabilidad física y legal, cuyo número de pobladores y concentración espacial varía según el entorno en el que se ubican. Son varios miles de personas las que habitan estos asentamientos informales, muchos trabajadores temporeros migrantes que residen de modo temporal o permanente en estos municipios. Se trata tanto de personas en situación administrativa regularizada como no regularizada. Los asentamientos se producen por falta de viviendas que den respuesta a la alta demanda ocasionadas por la gran afluencia de personas migrantes atraídas por las posibilidades de trabajar. Por ello, estas concentraciones de chabolas e infraviviendas suponen además de una forma denigrante de vida, un riesgo para la salud de sus moradores y el entorno general y una dificultad añadida para la normal inclusión de esta población.

Por todo ello, el Gobierno Andaluz ha optado por el compromiso de promover y coordinar actuaciones con el resto de Administraciones Públicas, dentro de los ámbitos de competencias, para contribuir a la erradicación de asentamientos informales de personas migrantes trabajadoras temporeras y a la integración residencial y socio-laboral de las personas que residen en dichos asentamientos e infraviviendas asociadas.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de julio de 2023, se adopta el siguiente

A C U E R D O

Primero. Formulación.

Se aprueba la formulación del I Plan Estratégico para la erradicación de asentamientos informales e infraviviendas y la inclusión social de personas residentes en zonas agrícolas de Andalucía conformados por población inmigrante (en adelante, I Plan EASEN) cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las previsiones establecidas en el presente acuerdo.

Segundo. Finalidad.

El I Plan EASEN tiene como objetivo diseñar estratégicamente, realizar propuestas y coordinar a las distintas Administraciones Públicas para erradicar los asentamientos informales e infraviviendas asociadas en Andalucía y la integración residencial y socio laboral de las personas que residen en dichos lugares. Así mismo, pretende contribuir a la puesta en marcha de Planes Locales y en su caso Comarcales de intervención integral en asentamientos e infraviviendas asociadas, ubicados en cada uno de sus términos municipales.

Teniendo en cuenta que las intervenciones han de realizarse directamente sobre el territorio, el I Plan EASEN tiene como objetivo general el establecimiento de un modelo de Plan Local o Comarcal para la Erradicación de los asentamientos informales e infraviviendas, que pueda ser adaptado, dentro del marco competencial de las entidades locales, a las distintas realidades territoriales en las que existe este fenómeno, teniendo en cuenta los recursos sociales existentes y el conjunto de actuaciones que pueden desarrollarse en el área concreta. Por otro lado, los Planes Locales y en su caso Comarcales de intervención integral en asentamientos han de contribuir a erradicar los asentamientos informales y a favorecer la inclusión de las personas migrantes residentes en ellos.

Tercero. Procedimiento de elaboración y aprobación.

1. La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de la Dirección General de Políticas Migratorias, de acuerdo con el análisis de la situación de partida y el diagnóstico que identifique los problemas, retos y necesidades en los ámbitos de la evaluación objeto del Plan elaborará una propuesta inicial que trasladará a todas las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía y a todos los agentes implicados para su análisis y aportación de propuestas.

2. El diseño del Plan, así como su esquema de gobernanza atenderá a las recomendaciones básicas establecidas con carácter genérico por el Instituto Andaluz de Administración Pública. El desarrollo del mismo debe estar acompañado de un proceso de participación y de una estrategia de comunicación que posibilite la implicación de la ciudadanía y los sectores que directa o indirectamente están implicados en el Plan. Todo ello sin perjuicio de los trámites de información pública, consulta y audiencia preceptivos y cualquier otro modo de participación que se considere oportuno. Asimismo, se recabarán los informes exigidos por la normativa general de aplicación.

3. Finalmente, la persona titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad elevará la propuesta final del Plan al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva mediante acuerdo.

Cuarto. Contenidos del Plan.

1. Identificar los elementos y agentes clave de un Plan Local de Intervención integral de erradicación de asentamientos informales para el establecimiento de un Modelo de Intervención, garantizando los derechos y obligaciones de las personas residentes.

2. Identificar las áreas de Andalucía en la que existen asentamientos informales ligados a personas inmigrantes que permitan establecer con la entidad local responsable, ayuntamiento y/o diputación, un acuerdo para la elaboración de un Plan local o Comarcal de intervención integral para la erradicación de los asentamientos informales.

3. Apoyar a las entidades locales para contar con un equipo técnico de intervención para la implementación de los Planes Locales. Para ello se identificarán las líneas de ayudas públicas que tengan ese objetivo y se realizará un acuerdo de base de intervención.

4. Proporcionar formación y metodología a los Equipos de Intervención y a los Agentes claves en los planes locales para la erradicación de asentamientos e inclusión de personas, con metodologías y herramientas tecnológicas.

5. Contemplar el enfoque de la incidencia que este Plan puede tener sobre la normativa de ordenación territorial andaluza y establecer herramientas que puedan influir en la adopción de los Planes Locales o Comarcales para la Erradicación, con especial atención a la reserva de vivienda protegida y a la dotación pública de viviendas sometidas a algún régimen de protección contempladas en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y cuando no sean suficientes, la adecuación ambiental y territorial de los existentes que no se puedan erradicar.

6. Prevenir la constitución de nuevos asentamientos e infraviviendas asociadas y erradicar los existentes, poniendo en marcha soluciones alternativas residenciales temporales, de acuerdo con las entidades locales que adopten su Plan Local de Erradicación.

7. Impulsar la puesta en marcha de un abanico de propuestas de soluciones habitacionales efectivas, eficientes, dignas y adecuadas dirigidas a personas migrantes que residen en asentamientos informales, adaptadas a las diferentes realidades de los municipios, incluyendo tanto las públicas como las privadas.

8. Apoyar programas concretos de atención que favorezcan la inclusión social de personas que residen o han residido en asentamientos desde diferentes sectores trabajando de forma cooperativa para mejorar el bienestar de las personas y el desarrollo sostenible en los municipios.

9. Desarrollar iniciativas de trabajo comunitario para prevenir la estigmatización, evitar situaciones de discriminación racial y lograr una correcta convivencia en los procesos de salida de las personas pobladoras en los asentamientos informales, fomentando la participación comunitaria y poniendo en valor la interculturalidad.

10. Establecer un sistema de indicadores de los planes locales de intervención integral en que permita evaluar la política pública, estableciendo un sistema de indicadores en alianza con los objetivos de desarrollo sostenible, con el apoyo del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.

11. Cuantas medidas sean necesarias para la consecución de los objetivos marcados.

Quinto. Habilitación.

Se faculta a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Sexto. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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