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Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía

03/08/2020
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Acuerdo de 28 de julio de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba formulación del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía (BOJA de 31 de julio de 2020). Texto completo.

ACUERDO DE 28 DE JULIO DE 2020, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA FORMULACIÓN DEL PLAN DE CAPTACIÓN Y RETENCIÓN DE TALENTO INNOVADOR Y DIGITAL EN ANDALUCÍA.

Andalucía es, con un 17,3% de la superficie española, la segunda Comunidad Autónoma territorialmente más extensa y la más poblada, con casi el 18% de la población nacional. Es la tercera economía de España por volumen de PIB. En cuanto a su PIB per cápita está en el 74% de la media española y en el 56% de la europea. Ordenadas las comunidades autónomas en función de su PIB per cápita, Andalucía se encuentra en la penúltima posición de la lista, con 18.557 euros por habitante, frente a los 25.064 euros de España o los 32.900 euros de la zona euro.

Estos datos ponen de manifiesto que la economía andaluza, en relación con la española, se caracteriza por un mayor peso relativo en actividades intensivas en recursos naturales, mayor debilidad en el tejido industrial andaluz y menor peso en las actividades basadas en tecnología y conocimiento. Los sectores de menor nivel de valor añadido y menos exigentes en empleos cualificados están más presentes en la economía andaluza que en otras regiones españolas más desarrolladas.

La mejora en la cualificación de la población andaluza, o residente en Andalucía, tiene un impacto positivo que se materializa en un incremento de los salarios, el PIB per cápita y, por supuesto, en un aumento del consumo que, a su vez, redunda en una mejora de la actividad económica. Dicho de otra forma, las familias tienen mayor poder adquisitivo y de consumir, aportando más sector al consumo, los servicios y, por supuesto, al sistema tributario e impositivo.

Sin embargo, el informe “Mapa del Talento en España 2019”, editado por COTEC y realizado por IVIE, sobre cómo atraen, retienen y generan talento las distintas comunidades autónomas, sitúa a Andalucía en una situación muy singular.

Andalucía ocupa el puesto número 8 de 17 en su capacidad de atraer talento extranjero a su territorio (indicador que se mide en base a la población activa extranjera con estudios superiores frente al total de población activa extranjera residente en la comunidad) pero está situada en el puesto 4 de 17 en cuanto a su capacidad de apertura e integración a visitantes y residentes no andaluces en el territorio, es decir, es una tierra acogedora que, hasta la fecha, no ha sido un destino preferente para la atracción de talento extranjero de alta cualificación y alto valor.

De hecho, en el ámbito del talento tecnológico, Andalucía no ocupa lugares relevantes en las clasificaciones del mencionado informe, observándose que existe una correlación entre el talento de alto valor, la actividad emprendedora, las exportaciones de alto valor añadido, la innovación y la creación de nuevas empresas dado que son piezas claves de un ecosistema que se retroalimenta mutuamente y genera un círculo virtuoso que crea empleo de alto valor y, a su vez, atrae más talento.

El informe “España Nación Digital. Una visión del estado de la digitalización en España” de 2019 elaborado por la Asociación Española de la Economía Digital (ADigital), indica que España sigue situada en el ámbito digital en la frontera entre las economías de segundo nivel y el grupo de economías más avanzadas, aunque todavía lejos de la mayoría de los principales líderes digitales europeos.

Cultivar, atraer y retener una fuerza laboral cualificada es crucial para fortalecer la competitividad y alcanzar una cierta prosperidad a largo plazo, al igual que para atraer empresas internacionales innovadoras. Una carencia de dicha fuerza laboral, tanto por la ausencia de determinados perfiles, como por la falta de recursos para generarlos o adquirirlos, limita de forma significativa la competitividad de las empresas y de la economía de cualquier región o país.

Resulta cada vez más evidente que el talento es la clave sobre la que gira el éxito de un ecosistema innovador y emprendedor, y de ahí la competición actual de los países y ciudades por él: el talento ya no sigue a las empresas, sino que son éstas las que se ven en la necesidad de perseguir al talento.

La crisis generada por la COVID-19 ha cambiado el contexto económico y laboral en todo el mundo. Ha puesto sobre la mesa, y muy especialmente en el sector tecnológico, que el teletrabajo es un modelo de trabajo plenamente operativo y que, por tanto, abre la puerta a una nueva forma de relación entre empleados y empresas, desvinculando el puesto de trabajo de la ubicación física y abriendo la puerta a poder trabajar viviendo en cualquier lugar del mundo. Sin embargo, el trabajo remoto y deslocalizado ya existía, y ha sido una vía para reclutar talento de alta cualificación sin tener que perder calidad de vida o sin generar impacto en el entorno personal al implicar un traslado a una ubicación con un mayor coste de vida.

Existen ya diversas experiencias a nivel internacional en el que ciudades con un entorno favorable han apostado por ser receptores de trabajadores remotos de alta cualificación y ello les ha permitido activar la economía local a corto plazo y, a largo plazo, servir de mecanismo de atracción de empresas a la región por la alta densidad de profesionales de alta cualificación en el entorno de la Economía Digital e, incluso, activar el ecosistema de emprendimiento y dinamizar municipios y zonas que se enfrentan a la despoblación.

Por las condiciones de coste y calidad de vida de Andalucía frente a otras ciudades europeas, la región presenta una situación estratégica privilegiada como destino para trabajadores remotos de la Economía Digital, tanto ubicados en los principales polos productivos nacionales, como en Europa o en el resto del mundo: sistema sanitario -que ha demostrado su eficacia durante la crisis de COVID-19, clima, sistema educativo, universidades, óptima conexión nacional e internacional por tierra y aire --al ser un destino turístico de referencia a nivel mundial--, infraestructuras de banda ancha de alta velocidad según los datos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, el 93% del territorio posee acceso a conexiones de más de 30 Mbps y, concretamente, el 82% del territorio a conexiones por encima de los 100 Mbps.

Por consiguiente, Andalucía presenta un entorno inmejorable para ser el lugar de residencia de trabajadores de alta cualificación que trabajan en remoto para empresas en el ámbito de la Economía Digital y buscan, además, conjugar su trabajo con una alta calidad de vida y, en este sentido, para el Gobierno de la Junta de Andalucía, el desarrollo empresarial es un motor indiscutible de crecimiento y competitividad de nuestro tejido productivo, pero al mismo tiempo también será un importante factor para el desarrollo social, puesto que beneficia también a la ciudadanía, garantizando riqueza y bienestar social, dinamismo en la economía y también contribuye al reto demográfico en el territorio.

El Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero Vínculo a legislación, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, conlleva la redistribución de competencias para acompasar la actividad de la Administración de la Junta de Andalucía con la ejecución del conjunto de políticas públicas que conforman el programa político del Gobierno, buscando siempre la máxima eficiencia posible en el empleo de los recursos públicos para hacer frente a las circunstancias de orden político, económico y social en las que se encuentra inmersa en el momento actual la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por su parte, el artículo 1.1 Vínculo a legislación del Decreto 104/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, atribuye a esta Consejería entre sus competencias, la planificación, impulso y coordinación de los programas relacionados con el desarrollo de las competencias digitales, la transformación digital y la incorporación de las empresas y la ciudadanía a la Sociedad y la Economía Digital en la Comunidad Autónoma.

Asimismo, en el artículo 5 Vínculo a legislación del Decreto 104/2019, de 12 de febrero, se asigna a la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, la planificación general, impulso y evaluación de las políticas de innovación de la Consejería, así como la definición de los Planes Estratégicos de Innovación y de Especialización Inteligente, la planificación, coordinación e impulso de los programas relacionados con el desarrollo de las Competencias Digitales, la Transformación Digital y la incorporación de las empresas y la ciudadanía a la Sociedad de la información y la Economía Digital.

Igualmente, según el artículo 9 Vínculo a legislación del Decreto 104/2019, de 12 de febrero, corresponden a la Dirección General de Economía Digital e Innovación, las competencias de “coordinación y ejecución de las políticas de apoyo a las empresas de la economía digital, el impulso al emprendimiento de base tecnológica, aceleración y escalado de empresas, y el fomento de la cultura emprendedora”, “el apoyo al desarrollo de los ecosistemas de innovación y el fomento de la innovación abierta en las empresas andaluzas” y “el impulso y fomento del intraemprendimiento y emprendimiento corporativo en la empresas como elemento de fomento de la innovación”.

El artículo 27.1 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que corresponde al Consejo de Gobierno desarrollar el Programa de Gobierno de acuerdo con las directrices fijadas por la Presidencia de la Junta de Andalucía. El apartado 23 de este artículo dispone que también le corresponde cualquier otra atribución que le venga conferida por las leyes y, en general, entender de aquellos asuntos que por su importancia o naturaleza requieran el conocimiento, deliberación o decisión del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.1 Vínculo a legislación y.23 Vínculo a legislación, de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de julio de 2020,

ACUERDA

Primero. Formulación del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía.

Se aprueba la formulación del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones establecidas en el presente Acuerdo.

Segundo. Finalidad del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía.

El Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía se define como un instrumento de planificación y ejecución de actuaciones para convertir a Andalucía en un lugar de referencia para los profesionales de la Economía Digital, presentándose como el entorno ideal para vivir y teletrabajar.

Con el objeto de alcanzar la máxima eficacia y eficiencia en la consecución de los objetivos marcados por este Plan, la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad será la encargada de la elaboración del mismo, siempre desde el compromiso con los principios de participación, transparencia y evaluabilidad.

Tercero. Objetivos del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía.

Los objetivos generales del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía serán:

1. La atracción de Talento Innovador y Digital procedente de otras regiones y países, para que se establezca en Andalucía y, desde el territorio, pueda desarrollar su actividad profesional tanto en remoto como en el tejido empresarial de Andalucía.

2. La promoción de Andalucía como región que proporciona a los profesionales de alta cualificación y especialización que requieren las empresas de la Economía Digital.

3. La conexión de Andalucía con los principales polos tecnológicos internacionales para establecer mecanismos de colaboración que permitan, de manera remota y con base en Andalucía, acceder a puestos de trabajo en sus principales compañías tecnológicas.

4. Incentivar el establecimiento de trabajadores de alto nivel en el territorio facilitando de manera centralizada los trámites necesarios para el traslado y un “aterrizaje blando” desde el origen hasta el destino elegido para vivir.

5. Contribuir a la lucha contra la despoblación de las zonas rurales de Andalucía mediante la migración de trabajadores de alto potencial y talento que contribuyan a relanzar la economía local y contribuir al reto demográfico.

6. La realimentación del ecosistema regional de empresas, innovación y startups mediante la conexión de este Talento Innovador y Digital con ecosistemas e iniciativas existentes.

7. La creación de un entorno favorable que permita la atracción de empresas tecnológicas para que se ubiquen en Andalucía y el retorno de talento andaluz al territorio.

Cuarto. Contenidos del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía.

El Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía partirá de un análisis del entorno y de buenas prácticas a nivel nacional e internacional. A partir de éste, se definirán necesidades y objetivos operativos y se formulará un plan de acción con medidas concretas y una planificación temporal para su puesta en marcha. Entre las medidas propuestas se establecerán necesariamente actuaciones de colaboración con el tejido productivo andaluz, sus asociaciones y clústeres representativos, así como con otras unidades administrativas que puedan contribuir al éxito del plan.

Quinto. Plazo de elaboración del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía.

El plazo de elaboración del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía no será superior a seis meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA.

Sexto. Proceso de elaboración y aprobación.

El Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía establecerá los objetivos generales, el plazo de ejecución e instrumentos básicos de seguimiento y evaluación. Se elaborará en base a los siguientes elementos:

1. La Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad será el órgano directivo responsable de la elaboración del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía.

2. La Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento establecerá las directrices para la redacción del Plan, se encargará de la redacción del borrador inicial y desempeñará las siguientes funciones:

a) Informar cuantos documentos se sometan a su consideración durante el procedimiento de redacción del Plan.

b) Informar las modificaciones que se introduzcan en el borrador del Plan como consecuencia de los trámites de información pública.

c) Contratar las asistencias técnicas y gestionar las colaboraciones que se requieran.

3. Posteriormente, se asumirán funciones de examen, revisión y, en su caso, modificación de dicha propuesta inicial por el resto de Consejerías que desarrollen o impulsen medidas relacionadas con el sector aeroespacial.

A continuación, se instará la colaboración de la Confederación de Empresarios de Andalucía y las organizaciones sindicales más representativas, en virtud de lo dispuesto en los artículos 6.3.a) Vínculo a legislación y 7.1.a) Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.

El texto del Plan resultante de los trabajos anteriores será sometido a información pública por un período no inferior a un mes, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Por último, la persona titular de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad elevará la propuesta definitiva del Plan al Consejo de Gobierno para su aprobación, previa consulta a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y, una vez aprobada, será remitida al Parlamento de Andalucía para su conocimiento.

Séptimo. Evaluación y seguimiento del Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía.

El Plan de Captación y Retención de Talento Innovador y Digital en Andalucía será objeto de seguimiento, análisis y evaluación anual conforme al sistema de indicadores que se defina en su formulación.

Octavo. Habilitación.

Se faculta al Consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad a adoptar las actuaciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este acuerdo.

Noveno. Eficacia.

El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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