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Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña

Condenan a ocho años de inhabilitación al alcalde de Cerceda (A Coruña)

09/08/2019
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El Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña ha condenado a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al alcalde del municipio coruñés de Cerceda, José García Liñares, por un delito prevaricación en relación a la adjudicación y contratación de las lagunas del parque botánico de O Acevedo y por unas obras de drenaje para evitar que el agua inundara una senda.

A CORUÑA, 7 Ago. (EUROPA PRESS) -

Del fallo, que también condena al arquitecto municipal Antonio José Varela Mallo como cooperador necesario, el alcalde --que en las últimas elecciones concurrió como independiente en las listas del PSOE--, ha asegurado a Europa Press no tener conocimiento oficial del mismo, aunque ha avanzado su intención de recurrirlo tras conocer su condena por los medios de comunicación.

"Hay que ver la sentencia", ha dicho al ser preguntado si piensa renunciar a la Alcaldía, a la que accedió primero por las listas del PSOE, partido del que se dio de baja tras una primera imputación que supuso un juicio por estos mismos hechos por parte del mismo juzgado.

En esa ocasión, fue condenado a un año y medio de prisión y a 16 de inhabilitación como autor de un delito de prevaricación y coautor de otro de fraude a la administración. Con posterioridad, la Audiencia Provincial de A Coruña anuló esta condena y ordenó repetir el juicio, que se celebró en el pasado mes de julio con otro magistrado.

En él, el alcalde responsabilizó al secretario municipal por no haberle informado de que había un "error" en la adjudicación y contratación, que debería haberse ejecutado como un procedimiento negociado con publicidad.

ARGUMENTOS DEL FALLO

Ahora la sentencia, contra la que cabe recurso, absuelve a los dos acusados del delito de defraudación a un ente público y, junto a la condena al alcalde, fija cuatro años de inhabilitación para el arquitecto municipal y nueve meses de suspensión del cargo como autor de un delito de falsedad en certificado.

El fallo sostiene, además, que las obras se realizaron por "una orden verbal" del alcalde, "secundada" por el arquitecto, "con la finalidad de hacer efectiva la particular voluntad de esta autoridad --señala sobre el regidor-- que quería realizar a toda costa las obras antes de las próximas elecciones", señala sobre un proyecto inaugurado en 2015.

En concreto, afirma que las obras se iniciaron "antes" de que se iniciara el procedimiento de aprobación y adjudicación del contratación de su construcción.

RECURSO

Tras hacerse pública la sentencia, el abogado del alcalde, Ulises Bértolo, ha destacado, en declaraciones a Europa Press, que no se condene a su cliente por delito de fraude a la administración por considerar que "no se cometieron irregularidades".

Sin embargo, ha cuestionado que la condena de prevaricación "sea al otorgar mayor credibilidad al denunciante y jefe de la oposición", ha dicho tras un procedimiento que tuvo su origen en una denuncia del PP.

Además de reivindicar el testimonio de tres testigos "sin interés condicionado", ha subrayado también que la condena sea "en contra de las conclusiones del perito judicial". Lo mismo ha destacado el alcalde, que ha asegurado que éste "no dio credibilidad a las fotos", ha expuesto sobre las aportadas en el juicio respecto a estas obras.

El letrado ha confirmado, a su vez, que han pedido la suspensión del plazo para presentar el recurso para poder analizar la grabación completa del juicio, de la que todavía no disponen.

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