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  • EDICIÓN DE 29/03/2019
 
 

CGPJ

EL CGPJ avala el anteproyecto de ley de impulso de mediación pero reclama medidas para una implicación "real y efectiva"

29/03/2019
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Insiste en la necesidad de implantar "políticas públicas" que garanticen el acceso de los ciudadanos a la justicia

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves un informe favorable al anteproyecto de Ley de impulso a la mediación para fomentar la solución de los conflictos civiles y mercantiles más comunes, como el de cláusulas suelo, a través de la vía extrajudicial antes de acudir al juez. No obstante, reclama medidas que garanticen una implicación "real y efectiva" para su implantación.

Según ha informado el órgano de gobierno de los jueces en un comunicado, el dictamen hace una valoración general positiva del texto, que fue aprobado el pasado 11 de enero en Consejo de Ministros, pero incide en la necesidad de ir más allá del estricto planteamiento normativo y de aprobar medidas que garanticen una "implicación real, efectiva y coordinada de las instituciones responsables de la mediación y un mayor compromiso" tanto de los jueces y magistrados como de las administraciones competentes en la materia.

En este sentido, el informe, del que han sido ponentes los vocales Álvaro Cuesta, Concepción Sáez, Pilar Sepúlveda y Rafael Mozo, explica que el anteproyecto supone un un avance en el cumplimiento de la Directiva 2008/52/CE, de agosto de 2016, y de los objetivos que, sobre la implantación de la mediación, han marcado tanto la Comisión como el Parlamento Europeo.

DAR CALIDAD A LA MEDIACIÓN

Asimismo afirma que se entiende la mediación no tanto como un instrumento concebido para aligerar la carga de trabajo de los tribunales sino como una herramienta que, siendo capaz de producir ese efecto, debe considerarse esencialmente como "un medio capaz de propiciar la tutela de los derechos e intereses legítimos" y de dar "calidad de la mediación".

El dictamen señala que mediante la reforma de leyes sustantivas y procesales --Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles y Ley de asistencia jurídica gratuita--, el anteproyecto de ley establece, entre otras medidas, la obligada asistencia de las partes en conflicto a una sesión informativa sobre la mediación, cuyo alcance y consecuencias regula. También se incluyen medidas referidas a los incentivos económicos de la mediación, a su relación con el derecho a acceder a la justicia, a la confidencialidad y calidad de la mediación.

El CGPJ realiza una serie de consideraciones que inciden en la necesidad de plantear medidas de impulso a la mediación que vayan más allá del ámbito estrictamente normativo y se remite al documento "Diez realidades-Diez propuestas", que presentó el pasado mes de enero, en el que reclama "políticas públicas capaces de crear un sistema que garantice el acceso de los ciudadanos a la justicia".

El dictamen concluye que sería conveniente "acometer una regulación integral y con mayor profundidad" de la mediación, más allá de reformas puntuales dirigidas sólo a incentivar el uso de esta herramienta.

RESPETUOSO CON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

Por otro lado, el órgano de gobierno de los jueces analiza el anteproyecto desde el prisma de la compatibilidad entre la mediación obligatoria "mitigada" que en él se establece y los derechos a la tutela judicial efectiva y de acceso a la jurisdicción, amparados por la Constitución y por la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

En lo que respecta al artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el CGPJ afirma que el anteproyecto se encuentra dentro de los márgenes que configuran los estándares de protección derivados del citado precepto y que satisface también los principios de equivalencia y efectividad.

Asimismo, afirma que la mediación obligatoria "mitigada" no vulnera el art. 24.1 de la Constitución porque la obligatoriedad prevista en el articulado no excluye que la decisión última de acudir a esta vía se adopte de forma voluntaria por las partes ni tampoco impide la intervención judicial.

La mediación obligatoria "mitigada", explica el dictamen, "no empaña la voluntariedad que caracteriza a este instrumento de solución extrajudicial de conflictos, ni desplaza la intervención judicial (...) permaneciendo incólume la plenitud del ejercicio de la función jurisdiccional".

POSIBILIDAD DE AMPLIAR EL ÁMBITO DE APLICACIÓN

El órgano de gobierno de los jueces plantea la posibilidad de ampliar el ámbito de aplicación de la mediación obligatoria con el fin de mejorar su funcionalidad, y ello sin exceder del marco de los estándares de protección de los derechos fundamentales antes citados. Así el informe propone no limitar la participación de mediación a sesiones informativas y expresa la conveniencia de extenderla mediación a la fase de ejecución de todos los procedimientos judiciales.

Finalmente, en consonancia con las recomendaciones tanto del Parlamento Europeo como del Parlamento español, el CGPJ afirma que la reforma podría ser una oportunidad para diseñar un Servicio Público de Mediación, es decir, una especie de administración pública de apoyo, coordinación y prestación de servicios en favor de la mediación que garantizara en todo el territorio nacional el acceso a la mediación en igualdad de condiciones y oportunidades.

Por ello, considera necesaria una formación de calidad en mediación que se haga extensiva no sólo a los planes formativos de los grados universitarios que se considere oportuno sino también a todos los ciclos formativos. Asimismo, entiende que debería incluirse en los temarios de las oposiciones, especialmente las de la Administración de Justicia.

El órgano de gobierno de los jueces valora también de modo positivo que el anteproyecto se muestre "sensible" a las demandas de los sectores y agentes de mediación y recoja en su articulado las reivindicaciones más relevantes con el objetivo de impulsar este sistema de resolución de litigios.

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