MADRID, 27 (EUROPA PRESS)
El tribunal de garantías explica en un auto que la suspensión cautelar de una resolución impugnada en amparo es una "medida provisional de carácter absolutamente excepcional y de aplicación restrictiva".
Forcadell acudió al Tribunal Constitucional al entender que diversas decisiones del Tribunal Supremo vulneran su derecho al juez imparcial, el derecho a la libertad, a la defensa, a un proceso con todas las garantías y al derecho a la doble instancia penal.
"LESIÓN IRREVERSIBLE"
Asimismo destacó que desde que ingresó en prisión se ha ocasionado una "lesión irreversible" a su vida familiar y que esto podía ser evitado a través de medidas cautelares "menos lesivas". El juez Llarena acordó su ingresó en prisión, y la de otros investigados, el pasado 23 marzo tras su procesamiento por rebelión, una decisión que fue confirmada el 17 de mayo por la Sala.
Ante esto, el tribunal afirma que acceder a la libertad provisional de Forcadell equivaldría al "otorgamiento anticipado" del amparo solicitado en otro recurso presentado, a principios de septiembre, contra la decisión de Llarena de rechazar de plano su recusación al considerarle imparcial para investigarla por rebelión.
"La doctrina constitucional ha establecido de forma constante e indubitada, en relación con la posibilidad de acordar la suspensión de decisiones judiciales donde se acuerdan medidas cautelares privativas de libertad, que (...) su suspensión equivaldría a un otorgamiento anticipado del amparo solicitado".
El Tribunal Constitucional también rechazó en mayo dejar en libertad al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y al expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sánchez mientras resolvía sobre el fondo de sus recursos de amparo presentado contra las prisiones preventivas ordenadas por el Tribunal Supremo.