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El Supremo dice a Puigdemont que llamarle huido es "adecuado y en absoluto desconsiderado"

17/09/2018
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El Tribunal Supremo ha desestimado la solicitud del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y dos de sus consejeros en la que pedían que dejasen de referirse a ellos como 'huidos', al considerar que ese término es "adecuado y en absoluto desconsiderado".

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

El abogado Jaume Alonso-Cuevillas presentó el pasado 31 de julio un escrito ante el Tribunal Supremo pidiendo una rectificación o aclaración en relación a un auto de la Sala del pasado 25 de julio. En él, afirmó que utilizar el término "huidos" para referirse a Puigdemont y a los exconsejeros Clara Ponsatí y Lluís Puig es "indebido", ya que no es "gramaticalmente exacto" y además consideraba que era "peyorativo".

De hecho, argumentó que el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) define "huido" como la persona que "anda receloso o escondiéndose por temor de algo o alguien". "Mis representados ni se esconden, puesto que la Administración de Justicia sabe perfectamente donde se encuentran, ni andan recelosos salvo las naturales prevenciones que les provocan la naturaleza y modo de instrucción de un proceso de naturaleza eminentemente política como el que nos ocupa", añadió el letrado.

Incluso sugirió a la Sala que en sus próximas resoluciones identificase a Puigdemont, Ponsatí y Puig como "procesados ausentes", expresión que han utilizado los jueces en varias ocasiones, o el de "exiliados".

SÓLO LES LLAMÓ 'HUIDOS' EN DOS OCASIONES

En respuesta, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que los magistrados Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge Barreiro recuerdan que en dicha resolución de julio sólo en dos ocasiones hicieron referencia a los procesados como "huidos o sustraídos a la acción de la Justicia española".

En este sentido, el Supremo insiste en que en esa expresión, "por si hubiera alguna duda", ya se da la "interpretación auténtica" del término": "Sustraídos a la acción de la justicia española". "Esto y nada más es lo que ha dicho y lo que ha querido decir la Sala, sin perjuicio de conceptos utilizados por prensa o en ámbitos extraños a este tribunal", recalcan.

Por ello, la Sala entiende que "el término, así entendido, resulta adecuado y en absoluto desconsiderado" y destacan que la segunda vez que se utiliza la palabra en cuestión se puede apreciar que se "está haciendo referencia a la declaración formal o no de rebeldía, que de contar en ese momento indubitadamente efectuada, hubiera dado lugar al empleo de la expresión técnica 'reo ausente' o 'declarado rebelde'". Además, los magistrados niegan no haberse ajustado al Código Ético de Conducta de Jueces y Magistrados, tal y como reprochó la defensa de Puigdemont.

ABANDONARON ESPAÑA "LEGALMENTE", SEGÚN EL ABOGADO

El abogado aprovechó su escrito para enfatizar que sus defendidos salieron "legalmente" de España, "sin que pesara sobre ellos orden de detención ni diligencia alguna que les afectara". Esto ocurrió cuando la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela les citó a declarar el pasado 2 de noviembre cuando se inició la causa contra ellos por el proceso soberanista en Cataluña y con motivo de que no se presentaron ante ella dictó una primera euroorden.

Cuevillas destacó también que "desde el primer momento" se han sometido a la jurisdicción de la justicia europea y que los jueces de Alemania, Escocia y Bélgica que han llevado sus casos no han impuesto ninguna medida cautelar en su contra, a diferencia del juez del Tribunal Supremo que ha instruido el 'procés', Pablo Llarena, que ha acordado "gravosas medidas" que "podría justificar su no personación voluntaria ante los tribunales españoles".

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