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Prostitución, ¿abolición o regulación?; por Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado, abogada del Estado e Ignacio Gomá Lanzón, notario

13/09/2018
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El día 13 de septiembre de 2018 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado e Ignacio Gomá Lanzón en el cual los autores apuntan que hay que decidir cómo proteger mejor a quien hoy se dedica a la prostitución.

PROSTITUCIÓN, ¿ABOLICIÓN O REGULACIÓN?

Esta reflexión surge a consecuencia de la polémica suscitada a raíz de la dimisión (o cese, tanto da) de Concepción Pascual, directora general de Trabajo, por la legalización de un sindicato de prostitutas. El comunicado del Ministerio de Trabajo destaca que se trata de asumir voluntariamente las responsabilidades por el registro de los estatutos de OTRAS, la Organización de Trabajadoras Sexuales más conocido como sindicato de prostitutas. Lo interesante es que se trata de una asunción de responsabilidades políticas derivadas de la “postura feminista” del Gobierno (sic) tal y como explicó su presidente en un tuit y, como tal, partidario de la abolición de la prostitución, a la que, por cierto, no sólo se dedican mujeres aunque ciertamente son mayoría.

La cuestión merece un análisis, que podría enfocarse desde dos perspectivas. La primera atañe a la trascendencia que las posiciones morales pueden tener sobre las decisiones jurídicas y políticas. La prostitución, según el presidente, no es ilegal y es una actividad ilícita al mismo tiempo. Efectivamente, si partimos de la premisa de que lo legal, según la RAE, es lo “prescrito por la ley y conforme a ella”, mientras que ilegal es “lo contrario a la ley”, la prostitución, como actividad, no es ni una cosa ni otra; de ser algo sería alegal. Por su parte, según Sánchez, la prostitución también es ilícita, lo que significa algo “no permitido legal o moralmente”. Debemos concluir que el Gobierno considera que esta asociación de trabajadoras del sexo no se debe inscribir porque, aunque la prostitución no es ilegal, sí es “contraria a la moral”. Y esta conclusión tiene interesantes connotaciones desde el punto de vista de la Filosofía jurídica porque implica una integración total entre la moral y el Derecho. Claro que es inevitable y necesaria cierta conexión entre ambos, pero no son convenientes ni la separación total (que justificaría actos abominables, aunque jurídicamente amparados en una norma) ni la integración absoluta, que corre el riesgo de convertir a los guardianes de la moral en la clave del sistema y con ello poner en peligro la seguridad jurídica y la autonomía metodológica del Derecho, al prescindir de las normas jurídicas vigentes en base a otros valores morales que no se han positivizado.

Y no conviene olvidar que en un Estado democrático de derecho lo que no está prohibido, está permitido, aunque éticamente no nos guste, y ya se trate de la prostitución o del cultivo de droga para consumo propio. Eso es lo que significa que el artículo 1.1 de la Constitución sitúe la libertad como valor superior del ordenamiento jurídico. Por eso, y con independencia de los matices técnicos que la inscripción de un sindicato pueda tener, parece excesiva la dimisión de la directora por hacer un trabajo que, probablemente, no podría haber hecho de otra forma desde un punto de vista jurídico. Y ello por razones “morales” derivadas de una adscripción feminista del Gobierno, sin tener en cuenta que ni siquiera la abolicionista es la única postura feminista. Recuerda Beatriz Gimeno en su monografía sobre la prostitución que mientras que el feminismo radical o institucional es abolicionista, por entender que se trata de una actividad que “cosifica” a la mujer y perpetúa la ideología sexual masculina patriarcal, existe un feminismo que apuesta por la regulación, recordando que la prohibición perjudica siempre a los más débiles, es decir, a las mujeres más pobres y con menos recursos.

Conviene insistir en que la prostitución en España no es una actividad legal pero tampoco está prohibida. Se trata de una actividad que se tolera -salvo en los casos en que se comete algún delito, lógicamente, relacionado con la explotación y trata de seres humanos y el proxenetismo que ya están previstos en nuestro Código Penal- sin estar regulada. Esta situación es común en los países de nuestro entorno, aunque hay excepciones. Decidirse por la abolición o por la regulación es todo un reto que pocos Gobiernos tienen ganas de asumir. Porque la cuestión del tratamiento de la prostitución es de una complejidad y trascendencia tal que requiere un debate político y social en profundidad apoyado en evidencia empírica y en la amplísima literatura especializada e informes de expertos, más allá de las declaraciones más o menos propagandísticas del Gobierno de turno. Ya se ha hecho algún intento interesante en ese sentido, que dio lugar al informe final de la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer del Congreso de los Diputados allá por marzo del 2007 que de forma poco sorprendente (apoyado por cierto tanto por el PP como por el PSOE) acordó no regular la prostitución por considerarla íntimamente ligada a la explotación sexual y al tráfico de mujeres y no poder ser considerada como un trabajo. No se optó tampoco por la abolición.

Y es que la prostitución es un negocio boyante. En cuanto a las cifras son bastante variables dependiendo de las fuentes. Por ejemplo, en el informe final de la Comisión de 13 de marzo de 2007 señalaba que la prostitución movía unos 18.000 millones de euros al año en España, según los datos aportados por los propietarios de los clubs de alterne (que por cierto sí cuentan con una Asociación o una patronal, A.N.E.L.A). Posteriormente las cifras oficiales del INE han corregido muy a la baja este dato. En cuanto al número de personas que se dedican a la prostitución también varía mucho según las fuentes, pero parece que estaría en todo caso por encima de las 100.000 personas, lo que equivale a la ocupación de un sector productivo importante. Pero quizás lo más impactante es que España sea el primer país de la UE en consumo de prostitución, según recoge la guía sobre la trata de personas con fines de explotación sexual elaborada por AFRAMP y editada por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad en 2016. Lo que es coherente con un informe de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género de 2016 que afirma que el 20% de los españoles reconoce haber pagado por sexo. Y para qué vamos a engañarnos, España es un destino de turismo sexual muy cotizado.

La pregunta es si más de diez años hemos avanzado algo en este debate o seguimos mareando la perdiz. Hay que destacar que en el tiempo transcurrido ha aumentado la evidencia disponible que incluye los efectos de las políticas abolicionistas o regulatorias desarrolladas en otros países. Alemania, por ejemplo, decidió regular la prostitución mientras Francia y Suecia han optado por prohibirla y castigar al cliente. Mientras que la regulación teóricamente protege más a las personas que se dedican a la prostitución -con independencia de que se les considere o no trabajadores strictu sensu- y desde luego facilita la “transparencia” -ya que es posible disponer de estadísticas oficiales y no de meras estimaciones- también tiende a promover el crecimiento de la industria del sexo. Por el contrario, su prohibición y abolición total o la penalización de la compra de servicios sexuales (nunca de quien los vende) puede generar un mercado negro del sexo más agresivo, donde es más fácil que prosperen la explotación y los abusos, especialmente de las personas con menos recursos.

La pregunta es: ¿está dispuesto el Gobierno a abordar con seriedad y desde su exigua minoría la abolición de la prostitución o más bien se trata de instalarse cómodamente en una postura de denuncia moral pero dejar las cosas como están? Mientras que se aclara esta cuestión, lo que no parece fácil, hay muchas mujeres que ejercen esta actividad y, por ahora, no lo hacen ilegalmente. Aunque no hay que perder de vista la relación entre prostitución y trata y explotación de mujeres y niñas, que está ampliamente demostrada. Por eso no sobra escuchar a las mujeres que quieren asociarse para proteger mejor sus derechos.

Las grandes declaraciones morales están muy bien siempre que no comprometan el bienestar de personas muy concretas. Mientras que decidimos sobre la abolición (o la regulación) de la prostitución lo que hay que pensar es en cómo proteger mejor a las personas que hoy por hoy se dedican a la prostitución aunque lo deseable sería que nadie tuviera que hacerlo para ganarse el sustento. Puede que constituir una asociación en defensa de sus derechos, lo que han decidido un grupo de estas mujeres, sea una de las maneras de conseguirlo máxime si enfrente admitimos con normalidad la existencia de la patronal correspondiente (suponemos que constituida mayoritariamente por empresas gestionadas por personas del sexo masculino). Lo que está claro es que tan compleja y triste realidad merece algo más que un tuit y un cese (o dimisión).

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