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  • EDICIÓN DE 05/07/2018
 
 

Plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

05/07/2018
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Decreto Foral 46/2018, de 20 de junio, por el que se modifica la Plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 4 de julio de 2018). Texto completo.

DECRETO FORAL 46/2018, DE 20 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare del Departamento de Derechos Sociales propone la creación de plazas de la Plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos para la consolidación de empleo estructural.

Existe informe favorable de la Dirección General del Presupuesto del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinte de junio de dos mil dieciocho,

DECRETO:

Artículo único.-Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos para la consolidación de empleo estructural.

Se crean las plazas de la plantilla orgánica en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare del Departamento de Derechos Sociales, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuestos de Gastos, que se relacionan seguidamente:

-Una vacante de Titulado de Grado Medio en Formación y Empleo, de régimen funcionarial, adscrita a la Agencia de Empleo de Tudela, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 10528.

-Una vacante de Titulado de Grado Medio en Formación y Empleo, de régimen funcionarial, adscrita a la Agencia de Empleo de Lodosa, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 10529.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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