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Programa Estadístico 2018

03/05/2018
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Acuerdo 27/2018, de 26 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Programa Estadístico 2018 del Plan Estadístico de Castilla y León 2018-2021 (BOCYL de 30 de abril de 2018). Texto completo.

ACUERDO 27/2018, DE 26 DE ABRIL, DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA ESTADÍSTICO 2018 DEL PLAN ESTADÍSTICO DE CASTILLA Y LEÓN 2018-2021

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su artículo 70.1.29.º, atribuye a la Comunidad la competencia exclusiva en materia estadística para los fines de la Comunidad Autónoma, en coordinación con el Estado y con las demás Comunidades Autónomas.

La Ley 7/2000, de 11 de julio Vínculo a legislación, de Estadística de Castilla y León, establece que el Plan Estadístico de Castilla y León es el principal instrumento ordenador de la actividad estadística de la Comunidad. Por su parte, los programas estadísticos son los instrumentos de desarrollo y ejecución del plan estadístico; su vigencia se extenderá al año natural correspondiente y serán aprobados por la Junta de Castilla y León.

Habiendo sido aprobado el Plan Estadístico de Castilla y León para el cuatrienio 2018-2021, por Decreto 6/2018, de 28 de marzo Vínculo a legislación, procede la aprobación del Programa Estadístico de Castilla y León para el año 2018, con el contenido mínimo previsto en el artículo 17 Vínculo a legislación de la Ley 7/2000, de 11 de julio.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 19 Vínculo a legislación de la Ley 7/2000, de 11 de julio, una vez elaborado el Programa Estadístico para el año 2018 por la Dirección General de Presupuestos y Estadística, en coordinación con las diversas unidades estadísticas. Emitido el preceptivo y previo dictamen favorable por el Consejo Asesor de Estadística y remitido el Programa Estadístico junto con sus antecedentes a la Comisión de Estadística; corresponde su aprobación a la Junta de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de abril de 2018, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.- Aprobación.

Se aprueba el Programa Estadístico de Castilla y León 2018, que comprende las estadísticas que han de llevarse a cabo durante dicho ejercicio por los servicios estadísticos de la Administración de la Comunidad en desarrollo y ejecución del Plan Estadístico de Castilla y León 2018-2021 y cuyo contenido se detalla en los Anexos al presente acuerdo.

Segundo.- Estructura.

El contenido del Programa Estadístico de Castilla y León 2018 se estructura en los siguientes Anexos:

a) Anexo I. Comprende la relación de las operaciones estadísticas que forman parte del Programa, agrupadas por áreas funcionales (Anexo I.A) y por organismos responsables (Anexo I.B).

b) Anexo II. Incorpora una explicación sobre los conceptos básicos considerados en cada operación estadística.

c) Anexo III. Incluye para cada una de las operaciones estadísticas, información sobre los siguientes aspectos: el código y la denominación, el organismo responsable de su ejecución, los organismos que intervienen, los objetivos, los ámbitos personal, temporal y territorial, la forma de recogida de datos, la descripción de los trabajos a realizar en el año 2018 y el organismo difusor.

d) Anexo IV. Recoge una previsión de las inversiones necesarias para financiar la ejecución del Programa durante el año 2018 desagregada por Consejerías.

Tercero.- Obligatoriedad de respuesta.

Las estadísticas que forman parte de este Programa, como parte integrante del Plan Estadístico de Castilla y León 2018-2021, se consideran de cumplimentación obligatoria en los términos previstos en el artículo 6 Vínculo a legislación de la Ley 7/2000, de 11 de julio, según dispone el artículo 34 de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas. No obstante lo anterior, serán de aportación estrictamente voluntaria y, por tanto, sólo podrán recabarse con el previo consentimiento expreso de los interesados, los datos susceptibles de revelar el origen étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o ideológicas y, en general, cuantas circunstancias puedan afectar a la intimidad personal o familiar.

Cuarto.- Dirección y Coordinación.

La ejecución del Programa Estadístico de Castilla y León 2018 se llevará a cabo bajo la dirección y coordinación de la Dirección General de Presupuestos y Estadística de la Consejería de Economía y Hacienda.

Quinto.- Optimización de las fuentes de información.

Las unidades estadísticas de las diferentes Consejerías y de las entidades públicas dependientes de la Comunidad evitarán la duplicación innecesaria en la recogida de datos. Para ello, deberán rentabilizar al máximo las fuentes de origen administrativo y optimizar los datos estadísticos de que se disponga, con carácter previo a la solicitud directa de datos a los informantes.

Sexto.- Seguimiento del grado de ejecución.

Finalizado el período de vigencia del Programa Estadístico de Castilla y León 2018, la Dirección General de Presupuestos y Estadística elaborará, en colaboración con los organismos responsables e intervinientes en las diversas operaciones estadísticas, una memoria sobre su ejecución, que remitirá al Consejo Asesor de Estadística de Castilla y León para su conocimiento y dictamen.

Séptimo.- Efectos y prórroga.

El presente acuerdo producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León. En el supuesto de que el día 1 de enero de 2019 no hubiera entrado en vigor el Programa Estadístico correspondiente a la anualidad 2019, se considerará automáticamente prorrogada la vigencia del Programa Estadístico 2018, debiendo adaptarse a la dotación presupuestaria del ejercicio.

ANEXOS OMITIDOS

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