Diario del Derecho. Edición de 24/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 18/04/2018
 
 

Modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

18/04/2018
Compartir: 

Decreto 7/2018, de 10 de abril, del Lehendakari, de modificación del Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV de 17 de abril de 2018). Texto completo.

DECRETO 7/2018, DE 10 DE ABRIL, DEL LEHENDAKARI, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE CREACIÓN, SUPRESIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS DEPARTAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO Y DE DETERMINACIÓN DE FUNCIONES Y ÁREAS DE ACTUACIÓN DE LOS MISMOS.

El Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, reestructuró los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y determinó las funciones y áreas de actuación de los mismos, con el fin de llevar a cabo con eficacia el programa de Gobierno de la XI Legislatura.

En materia de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, el Parlamento Europeo y el Consejo han aprobado el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, (Reglamento general de protección de datos).

Este Reglamento, que es aplicable a partir del 25 de mayo de 2018, regula la designación, posición y funciones del delegado de protección de datos, figura obligatoria para los organismos públicos, de acuerdo con lo dispuesto en su Sección 4 del Capítulo IV, y sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a las autoridades de control.

Para dar cumplimiento a esta labor, y en virtud de las facultades que me atribuye el artículo 8.c) de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno,

DISPONGO:

Artículo único.- Se incorpora un nuevo apartado, el f bis, al artículo 6.1 del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, con la siguiente redacción:

“f bis). El ejercicio de las funciones de supervisión interna de la observancia del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)”.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

El Departamento de Hacienda y Economía realizará las operaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana