Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/03/2018
 
 

Audiencia de Málaga

Condenado a dos años de cárcel por maltratar a su expareja y saltarse la orden de alejamiento

22/03/2018
Compartir: 

La Audiencia de Málaga ha condenado este miércoles a un hombre por maltratar a su expareja, coaccionarla, amenazarla y saltarse continuamente la orden de alejamiento que tenía. En total, se le ha impuesto dos años de prisión y 120 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

MÁLAGA, 21 (EUROPA PRESS)

El juicio se ha celebrado en la Sección Octava de la Audiencia y el acusado ha reconocido los hechos que se le achacaban y se ha expresado de acuerdo con las penas acordadas entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa, tras lo que se ha dictado sentencia de conformidad.

El acusado, con condenas previas por maltrato y quebrantamiento, mantuvo una relación sentimental con la víctima, que residía en la localidad malagueña de Estepona, que comenzó cuando ella era menor de edad. En dos ocasiones en 2008, el hombre maltrató a su excompañera sentimental.

Una de esas veces, el acusado se encontró con su expareja en la calle "y la agredió", tras lo que la llevó a su domicilio y "continuó agrediéndola", al tiempo que le decía que "la iba a matar". En la otra ocasión el hombre la golpeó, ocasionándole un derrame en el ojo derecho.

Por estos hechos se le impuso como medida cautelar la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante la tramitación de este procedimiento y en 2009, tras nuevos hechos, se le prohibió además entrar y residir en Estepona, pese a lo cual, estuvieron juntos en varias ocasiones.

Así, la madre de la mujer los vio en la playa juntos y también otro día siguió a su hija "comprobando que iba al encuentro del acusado", al que recriminó por ello, reaccionando éste mostrándole una navaja. Ya en 2011, se encontraron en una caseta del recinto ferial y el hombre la insultó, tras lo que la estaba esperando en el portal y la amenazó.

Por estos hechos, tras la modificación del fiscal, finalmente se le condena por dos delitos de lesiones y uno de amenazas en el ámbito de la violencia de género; por otro de maltrato habitual, por coacciones, por quebrantamiento de condena --éste delito con carácter continuado--; así como por un delito leve de amenazas.

Así, además de la pena de prisión y de trabajos en beneficio de la comunicado, al acusado se le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse con la víctima durante cinco años, la prohibición de tener armas durante cuatro años y una multa de 180 euros. Se ha tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas y la agravante de reincidencia.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  2. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  3. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  4. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  5. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  6. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  7. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  8. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  9. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  10. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana