Diario del Derecho. Edición de 09/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/03/2018
 
 

Audiencia de Málaga

Condenado a dos años de cárcel por maltratar a su expareja y saltarse la orden de alejamiento

22/03/2018
Compartir: 

La Audiencia de Málaga ha condenado este miércoles a un hombre por maltratar a su expareja, coaccionarla, amenazarla y saltarse continuamente la orden de alejamiento que tenía. En total, se le ha impuesto dos años de prisión y 120 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

MÁLAGA, 21 (EUROPA PRESS)

El juicio se ha celebrado en la Sección Octava de la Audiencia y el acusado ha reconocido los hechos que se le achacaban y se ha expresado de acuerdo con las penas acordadas entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa, tras lo que se ha dictado sentencia de conformidad.

El acusado, con condenas previas por maltrato y quebrantamiento, mantuvo una relación sentimental con la víctima, que residía en la localidad malagueña de Estepona, que comenzó cuando ella era menor de edad. En dos ocasiones en 2008, el hombre maltrató a su excompañera sentimental.

Una de esas veces, el acusado se encontró con su expareja en la calle "y la agredió", tras lo que la llevó a su domicilio y "continuó agrediéndola", al tiempo que le decía que "la iba a matar". En la otra ocasión el hombre la golpeó, ocasionándole un derrame en el ojo derecho.

Por estos hechos se le impuso como medida cautelar la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante la tramitación de este procedimiento y en 2009, tras nuevos hechos, se le prohibió además entrar y residir en Estepona, pese a lo cual, estuvieron juntos en varias ocasiones.

Así, la madre de la mujer los vio en la playa juntos y también otro día siguió a su hija "comprobando que iba al encuentro del acusado", al que recriminó por ello, reaccionando éste mostrándole una navaja. Ya en 2011, se encontraron en una caseta del recinto ferial y el hombre la insultó, tras lo que la estaba esperando en el portal y la amenazó.

Por estos hechos, tras la modificación del fiscal, finalmente se le condena por dos delitos de lesiones y uno de amenazas en el ámbito de la violencia de género; por otro de maltrato habitual, por coacciones, por quebrantamiento de condena --éste delito con carácter continuado--; así como por un delito leve de amenazas.

Así, además de la pena de prisión y de trabajos en beneficio de la comunicado, al acusado se le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse con la víctima durante cinco años, la prohibición de tener armas durante cuatro años y una multa de 180 euros. Se ha tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas y la agravante de reincidencia.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: La misión de León XIV; por Rafael Navarro-Valls, catedrático y presidente de la Unión Internacional de Academias Jurídicas Iberoamericanas
  2. Estudios y Comentarios: Hércules Poirot señala al Gobierno y Red Eléctrica por el gran apagón; por Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada
  3. Tribunal Supremo: El TS se pronuncia sobre el valor del informe emitido en un recurso administrativo, interpuesto frente a la adjudicación de una plaza, su contenido y competencia para suscribirlo
  4. Actualidad: El Supremo da la razón a Triodos Bank al no apreciar déficit informativo en la comercialización de sus CDA
  5. Actualidad: El TS rechaza investigar a Pedro Sánchez por usar a la Abogacía del Estado para querellarse contra el juez Peinado
  6. Actualidad: El Tribunal Supremo archiva de forma definitiva la querella por genocidio contra varios dirigentes del Frente Polisario
  7. Actualidad: Ratificada la absolución de la madre de los niños de 2 y 4 años que andaban solos por Soria y dieron positivo en cocaína
  8. Actualidad: La AN condena a los líderes de Gürtel y al exalcalde de Arganda por las adjudicaciones irregulares en la localidad
  9. Actualidad: La AN absuelve a la excúpula de Sa Nostra por la inyección de capital en una inmobiliara durante la crisis
  10. Tribunal Supremo: Los trabajadores que realizan su actividad a través del sistema de teletrabajo no están obligados a aportar a la empresa su correo electrónico personal

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana