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TSJCV

El TSJ anula un artículo de un decreto del Consell que excluye a los profesores interinos del cobro de sexenios

20/01/2016
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La sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado un recurso interpuesto por el sindicato docente STEPV contra un decreto del Consell que excluía a los profesores interinos del cobro de los sexenios, por lo que hace extensible a este colectivo el pago de este complemento.

VALENCIA, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Sindicat de Treballadores i Treballadors de l'Ensenyament del País Valencià (STEPV-Iv) interpuso un recurso contra el Decreto 99/2014 del Gobierno valenciano sobre los sexenios del profesorado, que excluye al profesorado interino del derecho al cobro de este complemento de formación y se restringe únicamente al profesorado funcionario de carrera.

STEPV alegaba una Directiva Europea que establece un principio de no discriminación en el que se afirma, según recoge la sentencia, que "por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas".

El tribunal recuerda además que la misma sala, en la sentencia 803/2015, de 21 de diciembre, resolvió una cuestión análoga a la que se plantea en este recurso, aunque referida al Decreto del Consell 186/14, de 7 de noviembre, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat.

Añade que "el desempeño con carácter interino de un puesto en igualdad de condiciones que un funcionario de carrera y durante, por lo que interesa en este caso, seis años, comporta que la exclusión de la percepción del complemento retributivo regulado el Decreto recurrido sea, efectivamente, discriminatoria, puesto que el mismo responde a condiciones objetivas de trabajo y no a derechos estatutarios propios de la condición de funcionario de carrera, por tanto, resulta de aplicación directa y prevalente sobre el derecho interno la cláusula cuarta de la Directiva 1999/70".

Esto comporta, añade, "la nulidad del artículo 1 del Decreto impugnado en cuanto excluye de la percepción del complemento a los funcionarios docentes interinos por su formación permanente y la realización de otras actividades para la mejora de la calidad de la enseñanza por períodos de seis años de servicios en la función pública docente, siendo inaplicable, por contradicción clara y objetiva a la referida Directiva, el apartado 3 de la Disposición Adicional vigésimo octava de la Ley 6/2013, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para 2014, en cuanto dispone que 'cualquier otro personal que perciba este complemento sin cumplir la citada condición de funcionario de carrera, perderá el derecho a la percepción del mismo'".

Procede, en consecuencia, la estimación del recurso con imposición de costas a la administración demandada, concluye el tribunal.

Tras conocer la sentencia --que no es firme--, el sindicato STEPV subraya que "esto significa que la Conselleria de Educación tiene que hacer extensible el pago de los sexenios al profesorado interino".

"Hasta ahora, --prosigue-- se habían ganado sentencias individuales, pero la administración anterior se negaba a hacerlas extensibles a todo el colectivo. Ahora, pero la sentencia afecta al Decreto, y por lo tanto se tiene que incluir el profesorado interino en el derecho a cobrar este complemento".

EXTENSIVO AL RESTO DE FUNCIONARIOS

Así mismo, STEPV también instará que también lo haga extensivo al resto de funcionarios interinos de la Generalitat Valenciana (sanidad y función pública), que tampoco tienen acceso a la carrera profesional, complemento "homologable" a los sexenios en el sector docente.

Recuerda que el decreto fue acordado por el resto de los sindicatos con la anterior Conselleria, previamente a tratarlo en Mesa Sectorial. STEPV rechazó la propuesta precisamente porque no se reconocía este derecho al profesorado interino. "Fue el único sindicato que lo defendió y recurrió posteriormente el Decreto, una vez publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV); nuevamente, los tribunales dan la razón al Sindicato en los temas que afectan el profesorado interino", concluyen desde la entidad.

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