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El TC niega a ecologistas el amparo pedido por el fallo que declaró legal la licencia del Algarrobico

04/12/2015
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El Tribunal Constitucional (TC) ha dado carpetazo definitivo al amparo que solicitó la asociación ecologista 'Salvemos Mojácar' después de que el Tribunal Supremo (TS) rechazase la querella criminal que presentó contra los tres magistrados que declararon "conforme a derecho" la licencia de obras concedida en 2003 por el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) para la construcción del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico ya que considera que el colectivo lo pidió fuera de plazo.

ALMERÍA, 3 (EUROPA PRESS)

El tribunal de garantías ha confirmado mediante una resolución notificada el miércoles, consultada por Europa Press, una providencia de septiembre en la que se ya pronunciaba en los mismos términos aunque Salvemos Mojácar decidió recurrir esta decisión en súplica.

La Sala Primera, sin embargo, se mantiene en su argumentación y recuerda que el plazo de 30 días para solicitar amparo se computa desde la fecha de firmeza de los autos del TS en los que se acordaba la inadmisión a trámite de la querella contra los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), notificada el 17 de julio de 2014.

Añade, en esta línea, que solo la Fiscalía estaba legitimada, "en su condición de defensor de los derechos de los ciudadanos", para recurrir en súplica la no tramitación del amparo y que no ha ejercido esta facultad, por lo que declara firma la providencia de 25 de septiembre y archiva el recurso de amparo.

Según ha mantenido Salvemos Mojácar a lo largo de todo el proceso, la querella fue archivada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo "sin entrar a analizar el contenido de la misma", de manera que el archivo definitivo fue notificado el 19 de diciembre del 2014. Así, el 16 de enero de 2015, "es decir, 18 días hábiles después del archivo de la querella", tal y como remarcan, presentaron el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, ahora archivado.

Cabe recordar que la querella criminal se dirigió contra el presidente de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA, Rafael Toledano y los magistrados María R. Torres Donaire, y Jorge Muñoz Cortés, y argumentaba que los tres "sabían que el hotel invadía" esta la servidumbre de protección ya que las citadas sentencias estaban aportadas a la causa y "conocían" que "los terrenos no eran urbanizables pues la sentencia firme del TSJA de fecha 11 de junio de 2012 otorgó a El Algarrobico el nivel de protección C1, áreas naturales de interés general, nivel del que ya venía disfrutando desde la publicación la normativa ambiental del parque natural de Cabo de Gata-Níjar de 1994".

El recurso de amparo, en el que solicita que se abriese causa especial contra ellos, argumentaba que, si no se admitía la querella contra los tres magistrados, "ya no será constitutivo de infracción penal conceder licencias de obras en espacios protegidos no urbanizables e invadiendo la servidumbre de protección de costas a sabiendas de que se dan ambas circunstancias".

"De esta forma se verá afectado el artículo 45 de la Constitución Española con el consiguiente deterioro de la costa y de los espacios protegidos", aseguraban desde Salvemos Mojácar, que avanzaba ya entonces que, en caso de que el Tribunal Constitucional no admitiese el recurso de amparo, acudiría al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

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