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Fue declarado nulo

El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de Baleares contra la supresión del Tratamiento Integrado de Lenguas

25/02/2015
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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el Gobierno balear contra las sentencias con las que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) declaró nulo el Decreto para el Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL) en los centros docentes no universitarios, aprobado en abril de 2013 por el Consejo de Gobierno.

PALMA DE MALLORCA, 24 (EUROPA PRESS)

Así lo han informado a Europa Press fuentes del Ejecutivo balear, que han precisado que los sindicatos STEI-i, CCOO y UGT disponen de 30 días para formular alegaciones contra los argumentos de la Abogacía de la Comunidad Autónoma, que asevera que el TIL fue revocado por un defecto de forma, y no de fondo, al no haber sido consultada la Universitat de les Illes Balears (UIB) como entidad asesora en todo lo que a la lengua catalana se refiere.

Uno de los puntos del TIL que mayor polémica ha suscitado en el sector educativo es el que establece que, como objetivo fundamental, se consiga que todos los alumnos alcancen, al finalizar el periodo de escolarización obligatoria, la competencia lingüística en las lenguas oficiales y al menos en una extranjera, preferentemente la inglesa.

El TSJIB alegaba entre sus argumentos que, con la implantación del trilingüismo, esta norma "altera" el proceso de normalización de la lengua catalana, a la que deja como "un resto significativamente menor". De este modo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimaba los recursos interpuestos contra el Decreto por CCOO, UGT y STEI-i.

Días después de suprimir el TIL, la máxima instancia judicial de las islas suspendió de forma cautelar la aplicación del Decreto para el curso 2014/2015 y más en concreto la orden aprobada el pasado 9 de mayo del pasado año por la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades, cuyo objetivo era desarrollar y fijar el calendario de implantación de la anterior normativa.

El TSJIB justificaba que, "sin duda", la efectividad de la decisión de revocar el TIL "quedaría comprometida si entretanto se permite la pervivencia y desarrollo del calendario de aplicación de unos proyectos de tratamiento integrado de lenguas fundamentados en un Decreto declarado nulo".

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