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  • EDICIÓN DE 22/07/2014
 
 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1495-2014

22/07/2014
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 1495-2014, en relación con el artículo 1.3 de la Ley 1/2010, de 28 de junio, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por la que se modifica la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010, por posible vulneración de los artículos 14 y 149.7, 13, 14 y 18 de la Constitución (BOE de 22 de julio de 2014). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1495-2014, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 1.3 DE LA LEY 1/2010, DE 28 DE JUNIO, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 14/2009, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL EJERCICIO 2010, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 14 Y 149.7, 13, 14 Y 18 DE LA CONSTITUCIÓN.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 15 julio actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1495-2014 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el conflicto colectivo núm. 7/2012, en relación con el art. 1.3 de la Ley 1/2010, de 28 de junio, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por la que se modifica la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010, por posible vulneración de los arts. 14 y 149.7, 13, 14 y 18 de la CE., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el conflicto colectivo núm. 7-2012, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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