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En una oficina ubicada en Manacor (Mallorca)

El TS confirma la condena de 4,5 años de cárcel a un director de banco por estafar 528.574 euros a un cliente

29/05/2014
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El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de cuatro años y medio de cárcel impuesta a un director de banco ubicado en el municipio de Manacor (Mallorca) por un delito de estafa, al quedarse con hasta 528.574 euros de un cliente cuya confianza se había ganado a fin de que invirtiera 1,35 millones en valores.

PALMA DE MALLORCA, 27 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Baleares le condenó asimismo a una multa de 7.500 euros y a devolver al afectado la cantidad total de la que se apropió ilegalmente.

En concreto, tal y como se considera acreditado, fue el 13 de junio de 2005 cuando el usuario del banco realizó el ingreso en atención a la confianza que tenía depositada en el acusado, Vicente C.G., quien informaba mensualmente al querellante presentándole mensualmente unos documentos elaborados exclusivamente por él y que en ningún caso eran extractos bancarios elaborados por la entidad.

Unos documentos en los que, según declaraba probado la Audiencia, se señalaba el supuesto valor de los fondos de inversión y cuyo contenido no se correspondía con la realidad del estado de las cuentas del afectado.

"Reflejaba unos resultados muy satisfactorios y con ello contribuía a consolidar la total confianza del querellante y la disponibilidad absoluta de sus cuentas derivada de una relación de asesoramiento prolongada durante años y cimentada en base a la importancia del cargo que el acusado ostentaba en la entidad bancaria", añadía la resolución judicial ahora confirmada por el Alto Tribunal.

Es más, señala que a ello se sumaba "el clima de familiaridad que durante esos años llegó a establecerse", puesto que el inculpado se desplazaba mensualmente a la casa de su cliente para informarle, darle consejos y así ir obteniendo la autorización y las firmas necesarias para seguir operando sin necesidad de que el afectado se desplazara al banco.

De este modo fue como Vicente C.G., entre marzo de 2005 y mayo de 2007 y por medio de distintas operaciones, logró "despojar" a su cliente en beneficio propio hasta un total de 528.574 euros que no fueron reinvertidos ni regresaron de forma alguna a las cuentas del perjudicado.

El TS destaca en sus fundamentos de derecho cómo la prueba pericial practicada por estos hechos acreditó, entre otros aspectos, que las salidas de efectivo de la cuenta del cliente en algunos casos se efectuaron sin firmas y se producían desinversiones sin incremento de liquidez y reembolsos no reinvertidos, hasta conseguir estafarle en la cantidad anterior, que no fue finalmente destinada ni a la compra de otros activos ni tampoco fue abonada al propio afectado.

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